Aceptar el retiro voluntario le cambia las cuentas al bolsillo del trabajador y hay un derecho que se apaga en el acto. Un abogado laboralista marcó cuánto debería pagar la empresa y qué revisar antes de firmar.
El retiro voluntario se instaló como una salida que algunas empresas ponen sobre la mesa cuando necesitan achicar estructuras. El abogado laboralista Mario Daniel Arancibia advirtió que aceptar esa oferta implica resignar derechos que sí tendría un trabajador despedido sin causa, y marcó qué conviene revisar antes de estampar la firma.
El especialista sanjuanino aclaró que la modalidad no puede imponerse: requiere la voluntad expresa del empleado. Sin ese consentimiento, el acuerdo no tiene sustento.
Qué es y cómo se instrumenta
Según Arancibia, el retiro voluntario funciona como un programa de extinción laboral que la empresa dispone para ofrecer condiciones de salida a quienes decidan adherir. La figura es una rescisión bilateral del contrato: patronal y empleado acuerdan cortar el vínculo a cambio de una indemnización.
El letrado insistió en que la propuesta no es obligatoria y que debe existir un consentimiento expreso del trabajador para que el convenio sea válido.
Cuánto debería pagar la empresa
Arancibia subrayó que estos acuerdos deben respetar el orden público laboral, por lo que las condiciones económicas no pueden ser abusivas ni vulnerar derechos. Si la oferta no resulta razonable, puede cuestionarse ante la justicia o ante organismos de aplicación de la ley laboral, como la Subsecretaría de Trabajo.
Sobre el monto, fue claro: no existe un porcentaje mínimo tabulado por ley para este tipo de convenios. Aun así, planteó una referencia: no debería implicar menos del 70% de una indemnización conforme a la tarifa de la ley laboral.
Los derechos que se pierden al aceptar
Uno de los efectos más relevantes es que quien acepta el retiro voluntario no puede acceder a la prestación por desempleo. Ese beneficio corresponde a quienes son despedidos sin causa o a quienes, despedidos con causa, resisten la medida.
Arancibia agregó que al finalizar la relación laboral también se pierden ventajas propias de la condición de empleado, aunque la cobertura de salud puede mantenerse por algunos meses, según lo que establece la ley.
En paralelo, remarcó que la modalidad alcanza únicamente a quienes trabajan en relación de dependencia y están registrados. Quedan afuera los monotributistas y los trabajadores informales.
Homologación: la llave para firmar tranquilo
El convenio puede celebrarse de manera particular, pero el abogado recomendó recurrir a la Subsecretaría de Trabajo para obtener una homologación que aporte seguridad jurídica.
Con la nueva ley vigente desde marzo, los escribanos ganaron facultades para certificar autenticidad de firmas y contratos. Sin embargo, no pueden homologar convenios: esa potestad queda reservada a un juez o a la autoridad laboral.
El consejo final de Arancibia es no firmar de inmediato, pedir una copia del acuerdo y consultar antes con un profesional o con el organismo provincial.
El estudio jurídico de Arancibia atiende en Laprida 325 Este, Capital, primer piso, los lunes y miércoles de 16 a 19. Las consultas telefónicas se reciben al 2645042051, de lunes a viernes, de 8:30 a 13 y de 16 a 19.