Lo acusaron de intentar matar a su ex en Rosario del Tala, pero un detalle legal cambió todo

La Fiscalía insistió durante cuatro años para revertir la absolución de un hombre acusado de intentar matar a su expareja en Rosario del Tala. La Corte Suprema acaba de tomar una decisión que deja a la víctima sin respuesta, y el argumento central del fallo no tiene nada que ver con el fondo del caso.

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Lo acusaron de intentar matar a su ex en Rosario del Tala, pero un detalle legal cambió todo
Lo acusaron de intentar matar a su ex en Rosario del Tala, pero un detalle legal cambió todo

La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la absolución de Carlos José Cervín, el hombre de Rosario del Tala que había sido juzgado por el presunto intento de femicidio de su expareja. El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso extraordinario que había presentado la Fiscalía, con lo que la causa quedó cerrada.

El fallo, fechado el 10 de septiembre, lleva las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Para rechazar el planteo del Ministerio Público Fiscal, la Corte se apoyó en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que le permite desestimar un recurso sin necesidad de dar explicaciones ni fundamentos.

El máximo tribunal también recordó su propia jurisprudencia: la desestimación de un recurso por esa vía "no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida". Es decir, la Corte no avaló el fondo de la absolución, sino que rechazó el recurso por cuestiones formales.

Qué decía la acusación

Cervín fue llevado a juicio ante un jurado popular de Rosario del Tala por dos hechos que la Fiscalía le atribuyó. El primero habría ocurrido el 31 de diciembre de 2020 y consistía en una presunta estrangulación. El segundo, el 14 de marzo de 2021, cuando según la acusación la habría esperado a la salida de su trabajo con un elemento punzante y la habría llevado a su casa para agredirla físicamente.

Tras cuatro días de debate, el jurado popular determinó que la razón le asistía a la defensa, que había negado los hechos de violencia. Esa decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal, pero la Ley de Juicios por Jurados de Entre Ríos (N° 10.746) prohíbe que un veredicto de "no culpable" sea recurrido.

Por eso, la Fiscalía intentó sin éxito que se declarara inconstitucional el artículo 89 de esa norma, que impide apelar este tipo de resoluciones. Fue el primer caso en el que el MPF apeló un fallo de un juicio por jurados en la provincia.

El camino judicial que terminó en la Corte

El organismo sostuvo que ese artículo afecta el debido proceso contemplado en el artículo 18 de la Constitución Nacional, porque le niega a la mujer víctima de violencia de género la posibilidad de revisar ampliamente el veredicto absolutorio. También argumentó que se trataba de un supuesto de gravedad institucional, en función de los compromisos asumidos por el Estado argentino en la Convención de Belém do Pará.

Los intentos de revertir la absolución chocaron una y otra vez con la justicia entrerriana. En 2023, la Sala II de la Cámara de Casación de Concordia, integrada por María del Luján Giorgio, María Evangelina Bruzzo y Darío Gustavo Perroud, rechazó la primera apelación. El 9 de noviembre de ese año, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia rechazó la impugnación extraordinaria. Y el 26 de abril de 2024 se negó la concesión del recurso extraordinario federal.

Con esa negativa, la Fiscalía llegó a la Corte Suprema mediante un recurso de queja, que ahora también fue rechazado. Así, tras cuatro años de idas y vueltas judiciales, la absolución de Cervín quedó firme.

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