Lo detuvieron con un cuchillo en la mano: el fallo que estrena Roca con un menor de 16 años
Policiales · Río Negro

Lo detuvieron con un cuchillo en la mano: el fallo que estrena Roca con un menor de 16 años

Un pibe de 16 años amenazó a un vecino con un cuchillo para sacarle la moto y terminó con prisión domiciliaria. Es el primer caso en Roca bajo la nueva ley penal juvenil. ¿Qué cambia de verdad? Un abogado lo explica y apunta a un problema que la norma no toca.

Un adolescente de 16 años quedó bajo arresto domiciliario con custodia policial después de amenazar a un vecino con un cuchillo para sacarle la moto. La decisión de la Justicia no pasó desapercibida: es la primera vez que la ciudad aplica el nuevo Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil, la Ley 27.801. Y el episodio encendió, otra vez, la discusión sobre cómo debe responder el Estado cuando el que delinque es un pibe.

Para despejar dudas sobre qué cambia realmente con esta norma, ANRoca consultó a Pedro Urra, abogado y docente de Derecho Penal en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNCo (Fadecs).

La grieta jurídica: ¿ley constitucional o retroceso?

Urra explicó que el debate se parte en dos. De un lado están quienes consideran que la norma es inconstitucional y se apoyan en el bloque convencional de derechos: cualquier respuesta estatal más gravosa que la anterior violaría el régimen de progresividad y actuaría de forma punitiva sin darle al menor una tutela real. Dicho de otro modo, la leen como una legislación que camina hacia atrás en materia de derechos.

Del otro lado, los defensores de la constitucionalidad sostienen que el régimen "viene a completar o mejorar el encuadre jurídico y a resolver una situación conflictiva que el Estado tiene con los menores en conflicto con la ley penal".

Qué pasa cuando la teoría baja a los tribunales

Más allá de la discusión académica, el docente describió el terreno donde se mueven los adolescentes infractores y las limitaciones del aparato estatal. "En un mundo ideal, un chico de 14 años con problemas penales (por delitos menores) quedaría fuera de la respuesta penal y se resolvería con alguna expulsión o gestión escolar", graficó.

La realidad, en cambio, suele ser bastante más compleja. Cuando los hechos son de extrema gravedad —homicidios, abusos o robos calificados—, la respuesta del Estado se vuelve coercitiva. "En el peor de los casos, la medida más gravosa del derecho penal es la prisión preventiva, y en el caso de menores, toda otra medida de coerción que se aplique es válida, como el seguimiento con tobillera electrónica, restricción de acercamiento o tratamientos de reinserción", precisó.

El abogado advirtió que mandar a un menor a prisión y tratarlo como un adulto suele ser cuestionado, porque choca con el principio de progresividad de los derechos humanos y con la jurisprudencia de los tribunales superiores.

"La Corte Interamericana sostiene que estas herramientas deben aplicarse para casos que revistan gravedad institucional. En los de menor impacto, la respuesta no debería ser punitiva, y si lo es, no puede ser de prisión perpetua; deben ser tratamientos de bajo impacto tutelar y con reinserción social", señaló Urra, siempre con la mira puesta en corregir la conducta para que el chico vuelva a la convivencia social.

El Estado que no contiene

El especialista también apuntó contra el fracaso de las instituciones encargadas del abordaje juvenil, una falencia que la nueva ley no resuelve por sí sola.

"Hay un desmantelamiento de toda respuesta del Estado respecto del manejo de los menores", aseguró. Esa falta de recursos y de programas efectivos deja a los jueces penales —los que deben aplicar la nueva normativa— "sin herramientas" alternativas a la prisión. No existe un entramado de contención que garantice tratamientos psicológicos, trabajo social continuo ni un seguimiento real de los casos. El contexto de este régimen penal juvenil, remarcó, es un recorte extremo a las políticas públicas de acompañamiento a las infancias y adolescencias, entre otros sectores sociales.

"La normativa viene a establecer herramientas coercitivas, pero no resuelve el conflicto de fondo", concluyó Urra.

Sin un abordaje integral que incluya asistencia psicológica, contención familiar y seguimiento socioeducativo, la ley penal juvenil corre el riesgo de quedar como una mera herramienta de encierro que no frena la reincidencia. Para el docente, un marco legal más duro puede dictar una prisión preventiva, pero si no hay políticas públicas que ataquen la raíz de la conflictividad juvenil, la reincidencia seguirá siendo moneda corriente y el sistema penal continuará desbordado.

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