Lo que muchos chicos creen una broma ahora puede terminar en la Justicia
Con la nueva ley, un mensaje, una foto o una pelea en una previa pueden convertirse en una causa penal. Dos especialistas jujeños explicaron qué conductas los chicos no ven como delito y qué pasa después de la denuncia.
Con la puesta en marcha del nuevo Régimen Penal Juvenil, en Jujuy empezó a circular una pregunta incómoda: ¿qué cosas que parecen una simple travesura pueden llevar a un adolescente ante un fiscal? La defensora Penal de Menores María Julia Garay y el fiscal Juan Carlos Baiud, de San Pedro, lo explicaron en entrevista con Detrás de las Noticias y enumeraron conductas que los propios pibes no asocian con un delito.
Los especialistas coincidieron en que el desconocimiento es la regla. "Los delitos que no saben que son delitos son los daños, por ejemplo cuando un compañero rompe las carpetas de otro, la difusión de imágenes privadas o de mensajes, amenazas a través de los medios digitales que ahora se contempla con la nueva ley", detallaron.
La denuncia que marca a fuego
Garay puso el foco menos en el expediente y más en lo que pasa puertas adentro del grupo de amigos. "Una pelea en una previa, la consecuencia de una denuncia es seria para la comunidad de los chicos porque aparecen los rumores, etiquetas, la condena social", advirtió.
Y fue más lejos: ni hace falta que la Justicia avance para que el daño sea real. "Puede ser que los fiscales no imputen, pero ya se hizo la denuncia y comienza la difusión en redes sobre la situación. Son daños irreversibles". Por eso pidió agotar otras instancias antes de denunciar cuando la situación lo permita.
El aguante entre pares
La defensora también apuntó a los propios adolescentes como primera barrera. "En el tema con los chicos, entre ellos deben hacerse el aguante, sería bueno que los chicos se cuiden entre ellos, que se mantenga una comunidad con bajos niveles de transgresión penal". El abordaje, sostuvo, no puede quedar solo en manos de la Justicia: también involucra a la comunidad, las escuelas y los grupos de pares.
Amenazas de bomba: qué dice la ley
Baiud tomó uno de los ejemplos más resonados. Con la nueva normativa, si se comprueba que una amenaza de bomba salió de un adolescente de entre 14 y 18 años, puede caberle responsabilidad penal. "Al bajar la edad de las personas involucradas por lo que le puede caer una responsabilidad penal y si detecta que esas amenazas vinieron de un menor de 14 a 18 años, le puede caber por ser un hecho delictivo", explicó.
La respuesta, aclaró, no se limita al castigo clásico. "Eso implica que al menor se le haga un seguimiento, se lo impute, se iría a varias opciones a través de esta ley como justicia restaurativa, que el menor haga trabajos comunitarios". El objetivo, según el fiscal, es que el pibe entienda la dimensión de lo que hizo y no repita la conducta.
Reparar antes que castigar
Dentro del Ministerio Público de la Acusación funciona un instituto de justicia restaurativa con equipos interdisciplinarios que interviene en los hechos donde se busca un acuerdo. "Primero se trata de concientizar, se busca sanar ese daño a la sociedad", resumió Baiud. Además, el MPA lleva charlas a escuelas para difundir los alcances de la ley y trabajar en prevención.
Drogas: consumo no es lo mismo que venta
El fiscal marcó una diferencia clave. El consumo personal no es imputable por fallos judiciales, pero la tenencia con fines de comercialización sí puede alcanzar a los menores. "El incremento es muy grande en los últimos años, el consumo personal no es imputable porque hay fallos, pero si hay tenencia con fines de comercialización, los menores deberán ser imputados".
En esos casos se analizará la situación particular de cada adolescente, su entorno y las alternativas de acompañamiento. "Se buscarán establecimientos especiales para su rehabilitación, ver el ámbito familiar, buscar redes de contención para que puedan realizar sus tratamientos de manera adecuada", cerró.


