Los dogos que mataron a Trinidad: su dueño se fue de viaje y dejó el portón sin traba
La Justicia cordobesa dio a conocer por qué condenó a ocho años al dueño de los dogos que mataron a Trinidad Ballesteros: había antecedentes de ataques y una advertencia que nunca llegó. Mientras tanto, la provincia sumó más muertes por perros y un proyecto de ley duerme en el Congreso.
La Cámara 1° en lo Criminal y Correccional de Córdoba dio a conocer este martes los fundamentos de la condena a ocho años de prisión efectiva contra José Nieto, el hombre que tenía a su cargo a los dos dogos que en julio de 2023 atacaron y mataron a la adolescente Trinidad Ballesteros, de 15 años, en el barrio Estación Flores.
El tribunal, integrado por José Pueyrredón —autor del voto—, Mario Capdevila y Gustavo Ispani, ya había dictado la sentencia a mediados del mes pasado y ordenado la detención del acusado. Ahora quedaron expuestos los argumentos que sostienen la pena: Nieto fue declarado autor de homicidio simple y lesiones leves, ambos con dolo eventual.
El viaje y el portón sin seguridad
Según reconstruyó el fallo, Nieto se ausentó de su casa y dejó el portón sin las medidas de seguridad correspondientes. Eso permitió que los animales salieran a la vía pública y se produjera el ataque. Los camaristas remarcaron que el acusado "llevó adelante conductas intolerables", porque "no tomó los recaudos, ni tuvo los cuidados necesarios" para cumplir con las condiciones de tenencia responsable de perros potencialmente peligrosos.
La sentencia también apuntó a dos omisiones concretas: Nieto no había colocado ninguna señal de advertencia sobre la presencia de perros peligrosos y tampoco se aseguró de que la puerta pudiera resistir un intento de apertura por parte de los animales.
Por qué no fue imprudencia, sino dolo eventual
El tribunal descartó que el acusado haya actuado con "imprudencia consciente". Para los jueces, existió "una representación del evento posible", ya que Nieto conocía la peligrosidad de sus perros. El fallo subraya que los dogos ya habían atacado antes a personas y a otros animales, y que el dueño ya había recibido una condena contravencional por esos episodios.
"La muerte de la víctima o que los canes causen lesiones no resultaba puramente casual, sino un efecto objetivamente probable y previsible", sintetiza la sentencia.
En su voto, Pueyrredón fue categórico: "Debo concluir que Nieto obró con dolo eventual respecto del resultado muerte y lesiones, toda vez que al tener en su poder un elemento peligroso —perros raza dogo—, debió evitar que aquel produzca lesiones a los bienes jurídicos que tutela el ordenamiento jurídico, posicionándose como garante con el deber de controlar la fuente de peligro".
Para el tribunal, no quedaron dudas de que el acusado "menospreció la concreta posibilidad de que con su conducta pudiera afectar la vida y la salud de las personas", en especial la de sus vecinos cercanos. Y concluyó que demostró "una total indiferencia para evitar la repetición de ataques de los canes".
"Ha quedado claro que como directa consecuencia de la situación de peligro reseñada se produjo la muerte de la menor Trinidad Ballesteros y la lesión del damnificado Juan Marcelo Cocconi", cierra el fallo.
Otras muertes por ataques de perros en Córdoba
Tras la condena a Nieto, en Córdoba se registraron dos nuevas muertes de niños por ataques de perros. Una niña de 2 años murió en el barrio Cabildo tras ser atacada por dogos de un familiar. El otro caso es el de Owen González, de 2 años, que falleció luego de ser agredido por un pitbull.
Antes, en agosto, había perdido la vida Salvador, un nene de 3 años, en el barrio Villa La Lonja, también atacado por un pitbull.
El proyecto de ley que busca cambiar las reglas
En ese contexto, diputados nacionales impulsan una iniciativa para modificar de manera sustancial las reglas de tenencia de perros potencialmente peligrosos en la Argentina. La propuesta incorpora figuras específicas para castigar a los responsables cuando un ataque provoca lesiones o la muerte de una persona, y también cuando la conducta del dueño genera una situación de peligro aunque no haya víctimas.
El proyecto crea un régimen especial complementario del Código Penal. El homicidio culposo por el ataque de un perro potencialmente peligroso prevé penas de tres a ocho años de prisión y una inhabilitación de cinco a diez años para tener ese tipo de animales.
La escala sube de cuatro a ocho años cuando el perro circulaba sin bozal o sin los elementos de sujeción obligatorios, no tenía el seguro exigido, contaba con antecedentes formales de agresión o la víctima era menor de 14 años, mayor de 70 o una persona con discapacidad física o motriz.
Para las lesiones graves previstas en los artículos 90 y 91 del Código Penal, la iniciativa plantea penas de uno a cuatro años de prisión, que treparían a entre dos y cinco años con las mismas agravantes.