Manejar con el equipo de audio a todo volumen ya no zafa: la Municipalidad de Bariloche explicó cómo puede multarte sin medir un solo decibel
Se creía que sin un sonómetro no había multa posible por ruidos molestos. La Municipalidad de Bariloche acaba de despejar la duda: los inspectores tienen otros criterios para constatar la falta, y en solo tres jornadas de controles ya labraron 42 actas y retuvieron 32 vehículos.
La Municipalidad de Bariloche salió a aclarar uno de los puntos que más dudas genera entre los conductores: no hace falta que un inspector mida los decibeles con un sonómetro para labrar un acta por ruidos molestos. La constatación de la infracción puede surgir de otros criterios igualmente válidos, según informó el propio Municipio.
La aclaración llega en medio de una seguidilla de operativos vehiculares que apuntan, entre otras cosas, a detectar escapes libres o adulterados y equipos de audio que alteren la tranquilidad de los vecinos.
Tres jornadas, 42 actas y 32 vehículos retenidos
Durante la última semana se desplegaron tres jornadas de controles en distintos puntos de la ciudad. Las tareas estuvieron a cargo de la Subsecretaría de Tránsito y Transporte, con la participación de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, efectivos de la Policía de Río Negro y personal de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
El saldo fue contundente: 42 actas de infracción y 32 vehículos retenidos. Del total de actas, 26 correspondieron a falta de documentación, cinco a conductores que se dieron a la fuga, ocho a otras infracciones y tres específicamente a ruidos molestos. Entre los rodados secuestrados hay 18 automóviles y 14 motocicletas, que quedaron alojados en el playón municipal.
Qué dice la ordenanza sobre el ruido
La norma que rige en todo el ejido municipal es la Ordenanza 2401-CM-13, que prohíbe los ruidos molestos, superfluos o extraordinarios que, por su horario, lugar o intensidad, perturben o puedan perturbar la tranquilidad y el descanso de la población.
El texto contempla dos situaciones concretas: los equipos de audio instalados en automotores cuando son audibles a más de diez metros de distancia, y la circulación de autos y motos cuyos escapes originales hayan sido modificados para aumentar su nivel sonoro.
A la hora de determinar si existe una infracción, los inspectores evalúan si el ruido supera los límites de la normal tolerancia y si puede percibirse desde la vía pública. También pesan la distancia, las características del sistema de escape y el horario en que se produce la emisión.
De noche, el margen es menor
El Municipio remarcó que durante la noche el margen de tolerancia se reduce. Esos criterios permiten constatar la falta incluso cuando el vehículo está en movimiento o cuando el conductor baja el volumen justo en el momento del control.
Frente a una irregularidad, los inspectores labran el acta y pueden disponer la retención del vehículo. Para recuperarlo, el titular o una persona debidamente autorizada debe cumplir con la sanción impuesta y abonar los gastos de acarreo y permanencia en el depósito municipal.