Manejás en Entre Ríos: la Justicia respaldó las fotomultas, pero anuló multas por una demora clave

La Justicia respaldó las fotomultas en Entre Ríos, pero hay un grupo de conductores que se salvó de pagar: el argumento que usó la Cámara de Paraná y que puede alcanzar a más casos.

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Manejás en Entre Ríos: la Justicia respaldó las fotomultas, pero anuló multas por una demora clave
Manejás en Entre Ríos: la Justicia respaldó las fotomultas, pero anuló multas por una demora clave

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Nº1 de Paraná respaldó el sistema de fotomultas que utiliza la Policía de Entre Ríos, aunque al mismo tiempo dejó sin efecto sanciones en casos donde la notificación a los presuntos infractores llegó después de más de dos años.

Las decisiones fueron tomadas de manera individual por los integrantes del tribunal, que revisaron distintos recursos de apelación por infracciones de tránsito. En esos fallos quedó fijada una distinción central: el mecanismo automático de control es válido, pero cada procedimiento administrativo debe respetar el debido proceso y el derecho de defensa.

Por qué el sistema de fotomultas pasó el examen constitucional

Para los magistrados, el uso de fotografías digitales y filmaciones para detectar posibles faltas a la Ley Nacional de Tránsito no choca por sí mismo con las garantías constitucionales. La clave, señalaron, es que el presunto infractor pueda defenderse.

Entre los argumentos que enumeraron, indicaron que la persona notificada puede demostrar que no era titular del vehículo en el momento de la infracción, que no fue quien conducía o que existieron circunstancias de fuerza mayor que la eximen de responsabilidad. Con ese respaldo, los fallos reconocieron la validez de los dispositivos automáticos para controlar el tránsito, pero remarcaron que su implementación debe garantizar esas posibilidades de defensa.

El argumento de fondo: más autos y más siniestros fatales

Otro de los ejes que consideró la Cámara fue el crecimiento del parque automotor y el aumento de los siniestros viales con víctimas fatales en la provincia. Según los jueces, ambos fenómenos están respaldados por estadísticas oficiales y justifican el uso de mecanismos que permitan detectar posibles infracciones de manera automática y masiva.

En esa línea, entendieron que el control electrónico puede contribuir a fiscalizar la circulación vehicular, sobre todo ante la mayor cantidad de vehículos en rutas y calles entrerrianas. La aclaración que hicieron es que esas herramientas deben convivir con los principios del debido proceso administrativo y el derecho de defensa. Dicho de otro modo: que el sistema sea constitucional no vuelve válida a cualquier multa emitida por esta vía.

Las multas que quedaron sin efecto

En otros expedientes, la Cámara anuló sanciones al comprobar que la Policía de Entre Ríos había tardado más de dos años en notificar a los presuntos infractores. Esos plazos, sostuvieron los magistrados, resultan incompatibles con el principio de plazo razonable que debe regir en los procedimientos administrativos sancionatorios.

El criterio implica que las autoridades deben tramitar y comunicar las actuaciones en tiempos que no afecten injustificadamente las garantías de los involucrados. En los casos concretos que analizó el tribunal, demoras superiores a los dos años alcanzaron para invalidar las sanciones cuestionadas.

Qué cambia para los conductores entrerrianos

Los pronunciamientos dejan dos criterios claros para los procedimientos de fotomultas en la provincia. Primero, ratifican que la detección automática de infracciones mediante fotos y videos es constitucional, siempre que se garanticen los mecanismos para ejercer la defensa. Segundo, determinan que las sanciones pueden caerse cuando se comprueba que hubo demoras incompatibles con el plazo razonable.

Eso no significa que todas las fotomultas sean inválidas ni que cualquier notificación tardía derive automáticamente en la anulación: la decisión dependerá de las circunstancias y del análisis de cada procedimiento. En definitiva, los fallos reconocen la legitimidad del control electrónico del tránsito, pero también marcan límites a la actuación administrativa cuando las demoras afectan los derechos de los ciudadanos.

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