Manejó un taxi en Bariloche durante años, pero un fallo le puso un freno inesperado

Tenía 72 años, manejaba un taxi en Bariloche y dependía de ese ingreso para vivir. Cuando el municipio le negó la renovación de la licencia, fue a la Justicia para recuperarla. Lo que resolvió el STJ dejó su futuro laboral en un punto incierto.

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Manejó un taxi en Bariloche durante años, pero un fallo le puso un freno inesperado
Manejó un taxi en Bariloche durante años, pero un fallo le puso un freno inesperado

Un taxista de Bariloche de 72 años se quedó sin licencia profesional y perdió en la Justicia su intento de revertir la decisión del municipio. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ratificó la negativa, que se basa en una condena por lesiones leves que el hombre arrastra desde 2018.

El hombre, con vasta experiencia al volante, había renovado su habilitación sin problemas entre 2019 y 2024, según alegó en su presentación. También argumentó que lo que gana manejando el taxi es “el único ingreso de su familia”. Nada de eso alcanzó para torcer el rumbo: el amparo que presentó contra el municipio fue rechazado el 20 de junio por el juzgado Contencioso Administrativo de la Tercera Circunscripción.

Un amparo que no prosperó

Hace pocos días, el STJ desestimó el recurso de apelación y confirmó la sentencia original. La jueza Liliana Piccinini redactó el fallo, al que adhirieron Sergio Ceci, Sergio Barotto y Ricardo Apcarian; la conjueza María Ignazzi se abstuvo.

Para el STJ, el planteo no cumplió con los requisitos para que un amparo sea procedente. Según el Código Procesal Constitucional, se exige “una situación de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta en la restricción de derechos”, además de “urgencia extrema, un daño grave e irreparable y la inexistencia de otras vías idóneas”. Los jueces citaron jurisprudencia de la Corte Suprema y recordaron que el amparo es una vía “excepcionalísima”.

El tribunal observó que “no consta que se hayan agotado los mecanismos pertinentes del procedimiento administrativo municipal para la resolución del planteo”. El taxista tampoco demostró que recurrir a esa vía le causara un perjuicio mayor que la demora normal de cualquier reclamo judicial. Y subrayaron que “no hay elementos que acrediten arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en el accionar del municipio”.

Los argumentos del municipio y la defensa del taxista

La apoderada del municipio, Yanina Sánchez, había pedido que se declare desierto el recurso y sostuvo que “el decreto reglamentario de la ley de Tránsito y la existencia de antecedentes penales del amparista avalan la decisión” de no renovar la licencia. Negó que se vulnere el derecho a trabajar y afirmó que la resolución se basó en un análisis “razonado” de los hechos y del derecho aplicable.

Los abogados del taxista, en cambio, habían cuestionado el decreto reglamentario de la ley de tránsito 196/2025 por considerarlo irregular: según ellos, “contiene una aplicación retroactiva prohibida por la Constitución Nacional y por los Códigos Penal, Civil y Comercial”. También argumentaron que la situación exigía una solución urgente y que no había otra vía más rápida que el amparo.

El procurador general Jorge Crespo había dictaminado en contra de la pretensión del taxista, al entender que no se habían rebatido los fundamentos del fallo y que no se había agotado la vía administrativa. Para el juez Iván Sosa Lukman, “la vía para cuestionar el acto denegatorio no es el amparo”, y remarcó que el demandante “no acreditó haber recurrido al órgano jerárquicamente superior”, es decir, al intendente Walter Cortés.

Con la decisión del STJ, el taxista queda sin habilitación para seguir manejando y sin respaldo judicial para revertir la medida.

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