Mató a su abuela para comprar drogas: la Justicia le cambió la pena y ahora no sale más
La Justicia salteña revisó la pena por el crimen de Tita Giné y tomó una decisión que cambia el futuro de su nieto. La clave estuvo en lo que el tribunal consideró probado sobre el dinero y las drogas. ¿Cuántos años deberá cumplir ahora?
El Tribunal de Impugnación de Salta revocó la condena de 19 años que pesaba sobre Agustín Morales y le impuso prisión perpetua por el asesinato de su abuela, María Leonor Giné, ocurrido en marzo de 2020. Los jueces consideraron probado que la mató para quedarse con su dinero y comprar estupefacientes.
La resolución, fechada el 19 de octubre de 2026, hizo lugar parcialmente al recurso del Ministerio Público Fiscal contra la sentencia de agosto de 2021. En aquel entonces, Morales había recibido 19 años por homicidio agravado por el vínculo, con circunstancias extraordinarias de atenuación.
Ahora, el tribunal incorporó la agravante de criminis causae: entendió que el homicidio estuvo vinculado con la intención de apoderarse del dinero de la víctima. La calificación quedó como homicidio agravado por el vínculo y criminis causae, en concurso real con la violación de las medidas sanitarias de la pandemia.
Un crimen en plena cuarentena
María Leonor Giné, conocida como Tita, tenía 70 años y vivía en un departamento de calle Belgrano al 900, en el centro salteño. Su nieto, que entonces tenía 20, se alojaba allí de manera circunstancial debido a sus problemas de adicción.
El cuerpo fue hallado el 28 de marzo de 2020. Los familiares se acercaron al edificio al no poder comunicarse con ella y notaron que el joven se había llevado el auto de su abuela. Lo buscaron y lo encontraron circulando por la ciudad junto a Federico Leonardo Detzel.
Al volver al departamento con una de las hijas de la víctima, encontraron a Giné sin vida en la cocina, con múltiples heridas de cuchillo. Durante el juicio se estableció que recibió más de 30 puñaladas.
La investigación reconstruyó los movimientos de Morales con cámaras de seguridad y testimonios. El joven declaró que no recordaba lo sucedido y describió su consumo de pasta base, alcohol y psicofármacos. Dijo que atravesaba una grave adicción y que había perdido la noción de sus actos.
La última llamada y la discusión por dinero
Una de las claves fue la última comunicación de Tita con una de sus hijas. A las 19.51 del 27 de marzo, llamó a María Fernanda para consultarle sobre el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que había gestionado su nieto. Durante esa charla, Morales también habló con su tía para averiguar cómo acceder al beneficio. Después de esa conversación se produjo una discusión entre el joven y su abuela.
El conflicto giraba en torno a los pedidos de dinero y el consumo de drogas. Morales afirmó que quería salir a consumir y que su abuela no se lo permitió. También reconoció que usaba parte del dinero que ella le daba para comprar estupefacientes.
Los testimonios describieron una relación en la que Giné intentaba ayudar a su nieto pero también poner límites. Una de sus hijas declaró que la mujer había empezado a tomar precauciones para resguardar sus pertenencias y llegó a dormir con la cartera debajo de la almohada.
Las pruebas que cambiaron la condena
Para revisar la sentencia, el Tribunal de Impugnación analizó los testimonios, las circunstancias del ataque y los elementos vinculados con el dinero que desapareció tras el homicidio.
Los magistrados destacaron que Giné se había negado a entregarle más efectivo a su nieto y que había escondido la llave de la caja fuerte para impedir que accediera a sus ahorros. Después del crimen, la caja fue encontrada abierta y desordenada, con indicios de que alguien había buscado la llave y el dinero.
La resolución también señaló que, tras la muerte de su abuela, Morales dispuso de una suma importante de efectivo en poco tiempo. Según el fallo, ese dinero se usó para comprar estupefacientes, pagar viajes en remis, contratar servicios sexuales y afrontar otros gastos.
Con esos elementos, el tribunal concluyó que la sustracción del dinero no fue un hecho independiente ni un simple aprovechamiento posterior, sino una finalidad vinculada con la decisión de matar. Los jueces explicaron que la agravante criminis causae no exige una planificación prolongada: alcanza con que la decisión de matar para facilitar otro delito surja en el momento de los hechos.
De 19 años a prisión perpetua
En agosto de 2021, el Tribunal de Juicio había condenado a Morales a 19 años de prisión. Para fijar esa pena, los magistrados consideraron que su adicción crónica a la pasta base y el síndrome de abstinencia constituían circunstancias extraordinarias de atenuación.
La Fiscalía, representada por Mónica Poma, cuestionó esa decisión y reclamó prisión perpetua. Sostuvo que la drogodependencia no justificaba reducir el reproche penal y pidió que se reconocieran las agravantes de femicidio, alevosía, ensañamiento y criminis causae.
La defensa, en tanto, solicitó que se mantuviera la condena original, al insistir en que Morales atravesaba una grave adicción que condicionó su conducta.
El Tribunal de Impugnación aceptó parcialmente el planteo fiscal. Consideró acreditada la agravante vinculada con la finalidad de sustraer dinero, revocó la pena anterior y estableció la prisión perpetua.
Por qué no fue calificado como femicidio
Aunque la Fiscalía también reclamó que el crimen fuera considerado un femicidio, los jueces entendieron que no se demostró que Morales hubiera matado a su abuela por razones de género.
El fallo examinó los argumentos sobre la edad de la víctima, su estado de salud, la vulnerabilidad física y los conflictos familiares. Sin embargo, concluyó que el móvil acreditado estaba relacionado con la necesidad de conseguir dinero para consumir drogas y no con una intención de someterla por su condición de mujer.
El tribunal también mantuvo el rechazo de la alevosía, porque no consideró probado que Morales hubiera buscado o aprovechado deliberadamente la indefensión de su abuela, y del ensañamiento, al sostener que la cantidad de heridas no demostraba por sí misma que hubiera querido prolongar su sufrimiento.
Por lo tanto, la nueva condena no incluyó esas tres agravantes, sino el homicidio agravado por el vínculo y criminis causae.
Qué pasó con los otros dos imputados
En el juicio de 2021 también fueron juzgados Federico Leonardo Detzel y Tania Rocío Aguirre, acusados por su presunta participación en el homicidio y por delitos vinculados con el encubrimiento y el incumplimiento de las restricciones sanitarias.
El tribunal de juicio absolvió a ambos de la acusación por homicidio. Detzel también fue absuelto por el beneficio de la duda en relación con el encubrimiento, mientras que Aguirre recibió una absolución plena por ese delito. Los dos fueron condenados a seis meses de prisión condicional por violar las medidas sanitarias vigentes durante la pandemia.
La resolución del 19 de octubre de 2026 se concentró en el recurso contra la condena de Morales y modificó su situación penal al imponerle prisión perpetua.
Así, el caso que conmocionó a Salta durante la pandemia volvió a tener una definición judicial con un cambio sustancial en la pena: de 19 años de prisión a prisión perpetua, al quedar acreditado, según el Tribunal de Impugnación, que el asesinato de Tita Giné estuvo motivado por el propósito de obtener dinero para comprar drogas.