Milei envió al Congreso una ley por Malvinas: el capítulo que enciende las alarmas
¿Qué pasa si el Estado sospecha de vos sin que exista una causa judicial? La ley que Milei envió al Congreso por Malvinas incluye un registro que podría congelarte los bienes sin condena. El detalle que nadie vio.
El gobierno de Javier Milei envió al Congreso un proyecto bautizado "Ley de Defensa de la Soberanía Nacional" que toma la causa Malvinas como bandera, pero que en sus títulos VI y VII esconde herramientas que podrían usarse para perseguir opositores sin pasar por la Justicia.
La iniciativa crea el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), un listado que administraría la Unidad de Información Financiera (UIF). El texto es explícito: la inscripción "no estará condicionada a la existencia de una acción penal". Alcanzaría con que existan "motivos razonables para sospechar" para que un nombre termine dentro del registro.
Qué pasa cuando alguien entra al RePET
La inclusión en el listado dispara de manera inmediata el congelamiento de fondos, activos y recursos económicos. Además, el sospechado queda inhabilitado para operar en el sistema financiero, contratar con el Estado o recibir beneficios públicos.
La UIF debe notificar al Ministerio Público Fiscal y a un juez federal penal para que ratifique, rectifique o revoque la medida. En la decisión intervienen también Cancillería, el Ministerio de Seguridad, la SIDE y el Ministerio de Justicia.
El proyecto, además, fija penas de 5 a 15 años de prisión para quien brinde apoyo material a organizaciones terroristas.
El otro eje: desinformación y financiamiento extranjero
A la par del régimen antiterrorista, el Título VI apunta al "fortalecimiento ante la influencia extranjera". Allí se castiga con 5 a 12 años de cárcel a quienes, por cuenta o financiamiento de un Estado o agente extranjero, alteren procesos electorales o "manipulen la opinión pública mediante campañas de desinformación masiva".
La escala sube a 8 a 15 años cuando esas maniobras se ejecutan con amenazas, sobornos, coerción o estructuras criminales. La figura se incorpora como Artículo 225 bis del Código Penal.
En paralelo, la propuesta modifica la Ley N° 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos: prohíbe que personas extranjeras sin residencia permanente y personas jurídicas del exterior aporten, financien u organicen actos de campaña. Las multas por violar esa prohibición pueden llegar hasta el décuplo del monto aportado.
El punto donde todo se conecta
Ambas herramientas se apoyan en la doctrina de Seguridad Nacional que impulsa el oficialismo. El texto sostiene que "una Nación que no custodia cómo se forman sus propias decisiones, difícilmente pueda custodiar su territorio", y encuadra la desinformación y el financiamiento clandestino como amenazas "no cinéticas" o híbridas.
El vínculo entre los dos regímenes aparece cuando una estructura extranjera sospechada de injerencia electoral tenga presuntos lazos con el terrorismo internacional. En ese escenario, el Estado podría activar el congelamiento preventivo de activos y la inhabilitación comercial por vía administrativa, en simultáneo con el procesamiento penal de los involucrados.
El proyecto ya está en manos del Congreso y promete un debate intenso sobre los límites entre seguridad, control social y garantías constitucionales.