Misiones 2027: 927 cargos en juego y un cambio que ya tiene en vilo a una localidad
El Tribunal Electoral de Misiones confirmó que en 2027 se elegirán 927 cargos, pero hay un municipio que perderá bancas y otro detalle que pocos conocen sobre quiénes podrán votar. ¿Qué se define en las urnas?
El Tribunal Electoral de Misiones puso números al próximo turno: en 2027 se elegirán 927 cargos entre titulares y suplentes, una cifra que abarca desde la fórmula de Gobernador y Vicegobernador hasta las bancas locales. La información fue confirmada por el organismo, que además precisó cómo se renovarán los distintos cuerpos legislativos y qué pasará con los votantes extranjeros.
El proceso arrancará formalmente cuando el Poder Ejecutivo firme el Decreto de Convocatoria. Según explicaron desde el Tribunal, ese acto jurídico “dispara la cuenta regresiva del Cronograma Electoral, que respeta lo estipulado por la Ley Electoral”.
Qué se vota a nivel provincial y municipal
En la categoría provincial, los misioneros definirán Gobernador y Vicegobernador, y renovarán la mitad de la Cámara de Representantes. Serán 20 escaños los que cambiarán de manos, en reemplazo de los legisladores elegidos en 2023.
En el plano municipal, cada intendencia decide si adhiere o no a la convocatoria provincial. Las que lo hagan pondrán en juego los cargos de intendente, concejales y defensores del pueblo, según corresponda en cada jurisdicción.
Concejos deliberantes: dos modelos bien distintos
El funcionamiento de los legislativos locales depende del marco normativo de cada comuna. Los municipios con Carta Orgánica tienen sus propias reglas electorales, y dentro de ese grupo se observan dos modalidades. Por un lado, localidades como Apóstoles, Dos de Mayo, Garupá, Oberá y San Javier estipulan un recambio total cada 4 años. Por el otro, ciudades como Posadas, Eldorado, Puerto Iguazú y San Vicente renuevan la mitad del cuerpo colegiado cada dos años, al estilo de la legislatura provincial.
Para las comunas sin Carta Orgánica rige la Ley Orgánica de Municipalidades, que las divide en tres categorías según su población. La norma establece que los municipios de primera categoría eligen siete concejales titulares y cuatro suplentes, mientras que los de segunda y tercera categoría eligen cinco titulares y tres suplentes. En estos dos últimos casos, el Concejo Deliberante se renueva por completo cada cuatro años.
El caso que cambia por el censo
Las variaciones demográficas de los últimos censos tienen impacto directo en la representación política. El ejemplo más claro es Campo Ramón. El municipio había sido categorizado como primera categoría en 2010, pero el Censo de 2022 registró una población menor a diez mil habitantes, lo que lo posicionó como municipio de segunda categoría. En la práctica, esto significa que en lugar de elegir 7 concejales, como venía ocurriendo hasta 2023, elegirá 5 a partir de las Elecciones Generales de 2027.
Quiénes votan y qué pueden elegir los extranjeros
Las autoridades electorales marcaron una diferencia clave entre votantes nativos y residentes extranjeros. Los electores nacionales sufragan tanto en las categorías provinciales como en las municipales. Los extranjeros, en cambio, deben empadronarse primero y su participación queda limitada exclusivamente a los cargos municipales.
Con el cronograma aún pendiente de la firma del decreto, el Tribunal Electoral ya dejó en claro el mapa completo de una elección que definirá la conducción política de la provincia y de cada comuna.