Misiones ya tiene ley para las fisuras orales: el examen que ahora será obligatorio en todos los bebés

Misiones ya tiene una ley que cambia la atención de las malformaciones orales en toda la provincia, y hay un control que ahora será obligatorio en cada bebé. ¿A quiénes alcanza y qué cubre?

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Misiones ya tiene ley para las fisuras orales: el examen que ahora será obligatorio en todos los bebés
Misiones ya tiene ley para las fisuras orales: el examen que ahora será obligatorio en todos los bebés

La Cámara de Representantes de Misiones sancionó la Ley XVII-N° 219, que crea el Programa Provincial de Atención Integral y Seguimiento para Pacientes con Fisura de Labio Alveolo Palatina (FLAP), Frenillo Lingual Corto y otras malformaciones congénitas y adquiridas de la cavidad oral. El programa funcionará en el ámbito del Parque de la Salud "Dr. Ramón Madariaga".

La norma fue sancionada el 17 de septiembre y luego promulgada por el Decreto N° 1901, firmado el 25 de septiembre por el gobernador Hugo Passalacqua y el ministro de Gabinete, Carlos Sartori. Su publicación en el Boletín Digital se concretó este miércoles.

Qué busca el programa

El objetivo central es reducir las complicaciones y secuelas de estas patologías y garantizar una atención integral: diagnóstico, tratamientos quirúrgicos y no quirúrgicos, rehabilitación y seguimiento. También prevé información y acompañamiento para pacientes, padres, tutores y cuidadores, e incorpora herramientas de atención y seguimiento remoto mediante tecnologías de la información y la comunicación.

Serán beneficiarias todas las personas con diagnóstico certificado por personal médico habilitado que residan de manera permanente en Misiones. La ley contempla además el diagnóstico prenatal.

Qué cubre y hasta cuándo

La cobertura incluye pruebas y exámenes diagnósticos, atención médica y quirúrgica, odontología, fonoaudiología, tratamientos estéticos, asistencia psicológica, nutricional y rehabilitación, entre otras terapias interdisciplinarias.

Las prestaciones se brindarán sin topes ni límites de sesiones, y el seguimiento se extenderá hasta alcanzar la rehabilitación funcional. También se contempla el traslado dentro de la provincia hacia hospitales de referencia y contrarreferencia, la provisión de prótesis y medicamentos y la posibilidad de realizar consultas y seguimientos mediante herramientas digitales.

El control obligatorio en recién nacidos

Uno de los puntos específicos de la nueva ley es la incorporación de la evaluación del frenillo lingual corto o anquiloglosia al examen neonatal. El estudio será obligatorio en todos los hospitales y maternidades públicas y privadas, tanto para los recién nacidos como para aquellos niños a los que no se les haya realizado previamente.

El Ministerio de Salud Pública deberá establecer un Protocolo de Exploración Interdisciplinaria del Frenillo Lingual Corto, que contemple las características anatómicas y funcionales necesarias para determinar un diagnóstico preciso y, cuando corresponda, indicar una derivación quirúrgica.

Cómo se organiza la red de atención

La ley también crea la Red Provincial de Atención Multidisciplinaria y Seguimiento, destinada a coordinar a los distintos efectores, servicios médicos, centros de diagnóstico por imágenes y laboratorios que intervengan en la atención de estos pacientes.

La red incluirá profesionales de medicina general, neonatología, pediatría, cirugía plástica y reconstructiva, odontología, fonoaudiología, otorrinolaringología, nutrición y psicología, entre otras especialidades.

Salud Pública deberá articular los establecimientos según sus niveles de complejidad y establecer mecanismos de referencia y contrarreferencia entre las distintas zonas sanitarias. También tendrá que crear consultorios satélites en efectores públicos para facilitar la atención itinerante de baja complejidad y organizar un sistema de traslado oportuno y bidireccional de pacientes.

La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud Pública de Misiones, mientras que la obra social provincial también deberá garantizar las prestaciones previstas por la ley. Los recursos para implementar el programa surgirán de partidas específicas asignadas al Ministerio de Salud Pública y al Parque de la Salud, además de aportes, subsidios, contribuciones, donaciones y otros recursos de organismos públicos o privados.

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