Multa millonaria en Guaymallén: el truco que usó un shopping para tener seguridad y que le salió carísimo
Una inspección de rutina en un shopping de Guaymallén destapó un esquema irregular de seguridad. ¿Cómo intentó la empresa eludir su responsabilidad y por qué el Gobierno le dio un golpe ejemplar?
Una empresa dueña de un centro comercial en Mendoza intentó esquivar la ley con un “consultor” y terminó con una sanción económica confirmada por el Gobierno. El decreto, publicado este jueves, sella una multa y establece un precedente clave sobre la responsabilidad de los comercios que contratan servicios de vigilancia.
Los hechos se remontan a una inspección realizada en enero de 2021 en el paseo comercial “Las Cortaderas”, ubicado en la calle Severo del Castillo, en Guaymallén. Durante el control, las autoridades descubrieron a dos personas ejerciendo tareas de seguridad sin portar las credenciales obligatorias del Ministerio de Seguridad y sin estar registrados en ninguna empresa habilitada.
¿Cuál fue la excusa que no funcionó?
Frente a la infracción detectada, la firma propietaria del shopping argumentó que no brindaba servicios de seguridad directamente. Sostuvo que había contratado a un tercero bajo la figura de “consultor” y que los vigilantes eran empleados de este último. Sin embargo, la justicia administrativa rechazó de plano esta defensa, aplicando el principio de primacía de la realidad.
El dictamen legal fue contundente en varios puntos fundamentales. En primer lugar, recordó que las tareas de vigilancia en espacios de circulación masiva son una actividad exclusiva de empresas debidamente habilitadas. Además, señaló que contratar a un “consultor” que opera como una empresa sin el registro correspondiente no exime de responsabilidad al comercio que lo contrata. Por la gravedad del hecho, la falta fue calificada como “gravísima”, al tratarse de un caso de seguridad clandestina.
Una sanción que sienta precedente
Con la firma de la Vicegobernadora en ejercicio del Poder Ejecutivo, el decreto oficializó la multa de $100.880, un monto que fue fijado según la Ley Impositiva vigente al momento de cometerse la infracción. Más allá de la sanción económica, el fallo establece un precedente crucial para todo el sector comercial en la provincia.
La resolución deja en claro el deber de diligencia que tienen los comercios y complejos. Esto significa que están obligados a verificar activamente que el personal de seguridad que contratan cuente con el alta correspondiente en los registros REPAR/REPRIV. Con esta confirmación, la vía administrativa para la empresa queda agotada. Su única opción para revertir la sanción será apelar ante la Justicia mediante una Acción Procesal Administrativa.