Neuquén blindará sus tierras productivas: el proyecto que ya está en la Legislatura
La provincia de Neuquén dio un paso clave para proteger sus tierras productivas. ¿Qué medidas incluye el proyecto que ya está en la Legislatura?
El Gobierno provincial presentó en la Legislatura una iniciativa que promete cambiar las reglas del juego para el uso del suelo. La ley apunta a frenar la pérdida de tierras bajo riego y a ordenar el crecimiento urbano e industrial.
La propuesta, impulsada por el gobernador Rolando Figueroa, busca proteger las superficies irrigadas con aptitud productiva, consideradas estratégicas para el desarrollo de Neuquén. El proyecto ya fue presentado ante la Comisión de Producción, Industria y Comercio.
¿Por qué es necesaria esta ley?
Los números son contundentes: durante 2025 se perdieron 663 hectáreas de superficie frutícola. A esto se suman las presiones de la expansión petrolera, con bases, talleres y servicios logísticos avanzando sobre las chacras.
El crecimiento poblacional también juega en contra. Entre 2010 y 2020, la población pasó de 471.409 a 540.909 habitantes (un 15% más), pero la huella urbana creció un 45%, pasando de 12.460 a 18.083 hectáreas. Esto significa que cada vez se consume más suelo por habitante.
“Para nosotros es de mucha importancia la decisión que ha tomado el gobernador Rolando Figueroa de impulsar un proyecto que tiene como principal objetivo la protección y el resguardo de tierras bajo riego y drenaje. Esas tierras cuentan con los suelos más productivos de nuestra provincia. Suelos que no se generan de un día para el otro, sino que son parte de un proceso agropecuario y biológico que hizo posible que hoy tengan un alto valor para nosotros, pero también para el país. La idea es que esta ley nos dé garantías, a los neuquinos, sobre lo que viene después de Vaca Muerta, que es continuar con una matriz que tendrá al turismo y a la producción como principales ejes de desarrollo”, indicó el secretario de Producción e Industria, Diego García Rambeau.
¿Cómo funcionará la protección del suelo?
La ley declara de interés público provincial la protección de las tierras productivas. Se aplicará a todas las tierras con aptitud productiva y bajo riego, sean públicas o privadas, estén o no en producción.
Uno de los puntos clave es la cláusula de no regresión: ninguna norma de igual o menor jerarquía podrá flexibilizar los estándares fijados. Los municipios podrán aumentar la protección, pero no reducirla.
Se establecen dos zonas: la Zona de Protección Prioritaria (ZP1), donde solo se podrá producir agropecuariamente, y la Zona de Uso Condicionado (ZP2), que permitirá otros usos sujetos a evaluación y eficiencia hídrica.
¿Qué pasa con la infraestructura de riego?
La infraestructura hídrica (canales, acequias, compuertas, sifones y drenes) será intangible. Se prohíbe cualquier acción que la altere u obstruya, salvo obras públicas autorizadas con medidas compensatorias.
Además, se priorizará el uso agropecuario y se frenarán los loteos y urbanizaciones en zonas productivas. El cambio de destino del suelo solo será posible para viviendas familiares o situaciones de interés público con dictámenes técnicos y ambientales.
¿Quién controlará y sancionará?
La Secretaría de Producción e Industria será la autoridad de aplicación, con poder de policía. Junto a Catastro y Recursos Hídricos, elaborará la cartografía oficial de las áreas bajo riego.
Se creará un Consejo Provincial consultivo y asesor, y se implementarán inspecciones con monitoreo remoto y controles presenciales. Las sanciones serán graduadas según la gravedad, la superficie afectada y la intencionalidad. La recomposición del daño tendrá prioridad sobre la multa económica.
¿Habrá incentivos para los productores?
Sí. Se reconocerán las buenas prácticas de conservación de suelos y eficiencia hídrica, con acceso prioritario a líneas de crédito específicas. Además, se creará un Fondo Provincial para financiar la rehabilitación de drenajes, la modernización de sistemas de medición y la tecnificación del riego.
La ley entrará en vigencia a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial, y la reglamentación tendrá un plazo máximo de 180 días.