Neuquén revoluciona la Justicia: el juez deja de manejar el proceso y las partes toman el control

Neuquén estrena un código procesal civil revolucionario: el juez ya no maneja el proceso. ¿Cómo impactará en los juicios y en Vaca Muerta?

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Neuquén revoluciona la Justicia: el juez deja de manejar el proceso y las partes toman el control
Neuquén revoluciona la Justicia: el juez deja de manejar el proceso y las partes toman el control

Neuquén se convirtió en la primera provincia argentina en aplicar un modelo adversarial en materia civil y comercial. El juez ya no conduce el proceso: ahora son las partes y sus abogados quienes definen el rumbo. La reforma, que rige desde el 1° de agosto, promete agilizar los juicios y digitalizar por completo la gestión judicial.

Manuel Castañón López, presidente de la Cámara de Apelaciones N°2 del Interior, dialogó con LM Neuquén sobre los alcances de esta transformación. Con 35 años y egresado de la Universidad Nacional del Comahue, fue parte activa de la capacitación interna del Poder Judicial para implementar el nuevo Código Procesal Civil Adversarial.

¿Qué cambia realmente con el nuevo código?

El sistema adversarial pone el foco en el debate. El proceso ya no pertenece al juez, sino a las personas que tienen un conflicto social y lo llevan al plano jurídico. Son ellas, junto a sus abogados, quienes plantean el caso, aportan las pruebas y definen las pretensiones o defensas.

El juez actúa como un tercero imparcial: ya no puede introducir pruebas ni modificar pretensiones, como sí ocurría con el diseño de 1975. Su rol es garantizar reglas de debate claras para que el proceso llegue a la sentencia. Tareas como notificaciones, oficios y confronte de cédulas dejan de ser responsabilidad de los juzgados.

La dinámica es similar a la del proceso penal: un fiscal que acusa, un defensor que defiende y un juez que juzga. Neuquén fue pionera en ese modelo hace más de una década, y ahora repite la apuesta en lo civil y comercial.

¿Los juicios serán más rápidos?

El tiempo del proceso ahora pertenece a las partes. Si quieren acelerar, pueden hacerlo; si prefieren ir directamente a sentencia, también. Los plazos exclusivos de los jueces, como el de dictar sentencia, se reducen. Antes los juzgados hacían notificaciones de oficio; ahora eso queda en manos de los abogados, que pueden decidir cuándo avanzar o esperar para alcanzar un acuerdo.

¿Riesgo de que gane el que tenga mejor abogado?

Para actuar en un juicio civil y comercial se requiere un abogado matriculado en la provincia, lo que garantiza un piso mínimo de defensa. El código incluye un catálogo de sanciones para quienes actúen de mala fe, algo que antes no estaba tipificado. Además, quienes no tengan recursos pueden acudir a la defensa pública.

El código es hasta pedagógico: explica cómo interrogar testigos y ofrece una guía de trabajo para los abogados. El juez actúa como contralor, y la contraparte puede pedir sanciones si se quebrantan las reglas.

¿Están preparados los abogados?

Desde el Poder Judicial se organizó un ciclo intensivo de capacitación, con formación de formadores y decisores. “Todos estamos estudiando y debatiendo el código”, aseguró Castañón López. También el Colegio de Abogados ofrece instancias de formación. Habrá un proceso natural de interpretación jurisprudencial, y se intentará ser pedagógico con quienes mantengan la lógica del código viejo.

¿Qué pasa con los juicios en trámite?

El nuevo código rige para todos los procesos, incluidos los que ya estaban en curso. Se evitó la aplicación dual de códigos, que en la experiencia nacional no dio buenos resultados. Los actos procesales ya realizados siguen siendo válidos, pero los nuevos se rigen por las reglas nuevas. Por ejemplo, si alguien apela a cámara, allí ya se aplican los plazos del nuevo código.

Una cláusula para Vaca Muerta

El código incorpora un régimen de arbitraje adaptado a la ley nacional y a las reglas internacionales. Esto da más previsibilidad a las empresas para resolver conflictos sin ir a la Justicia. Un árbitro, tercero imparcial y técnico, puede ser seleccionado por un colegio de abogados o cámara de comercio. La seguridad jurídica aumenta porque ya se sabe de antemano cómo se desarrollará el litigio.

Castañón López no confirmó si la cláusula está vinculada a Vaca Muerta, pero explicó que el arbitraje es una opción válida para empresas con conflictos comerciales. El código la recepta fuertemente, lo que podría beneficiar a las firmas de la región.

¿Hay fricciones con la Nación?

No. El artículo 75, inciso 12 de la Constitución Nacional otorga a cada provincia la atribución exclusiva de dictar sus normas procesales. Neuquén dejó atrás un código de 1975 que era copia del nacional, y se dio sus propias reglas. Es un modelo inédito y constitucionalmente válido.

¿Qué se rescata de la experiencia penal?

La gran enseñanza es diferenciar los roles de cada parte y resignificar el rol del juez. También se incorporan aprendizajes sobre dirección de audiencias y teoría del caso, que en el fuero penal ya están aceitados. El desafío es trasladar eso a lo civil y comercial.

¿Cómo está la tecnología?

Todo el proceso será 100% digital, con un expediente electrónico único. Las audiencias se videografían y se incorporan al expediente. El sistema Pehuen ya está instalado en todos los organismos civiles y comerciales de primera y segunda instancia. La digitalización viene desarrollándose desde la pandemia, por lo que el cambio no es tan drástico.

La mesa de entradas virtual ya existe, y los abogados harán todos los pedidos a través de ella. Las actuaciones serán accesibles para la ciudadanía y los medios, salvo que el juez disponga reserva por resolución fundada.

¿Qué cambia en una frase?

“Cambia la concepción de lo que es un proceso civil y comercial”, resume Castañón López. Ya no se habla de demanda y contestación, sino de casos judiciales. El abogado debe pensar en buscar la prueba, litigar, interrogar testigos y alegar. Y los jueces se concentran en dictar resoluciones y sentencias. Esa es la verdadera transformación.

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