Ocultaba una pistola en una mochila: la condena que recibió en Esquel
Dos años de prisión efectiva y la declaración de reincidencia: la historia del arma hallada en un control sobre la Ruta 40 en Esquel.
Diego Matías Arévalo fue condenado a dos años de prisión efectiva por tener una pistola Bersa Thunder 9 milímetros con la numeración suprimida y sin autorización legal. La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado que fue homologado por el juez interviniente.
El acuerdo fue alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Ezequiel Forti y el funcionario Jorge Kovacevich, y la Defensa Pública. El imputado reconoció su responsabilidad penal y aceptó las pruebas presentadas por la acusación.
El arma estaba oculta dentro de una mochila
El hecho que originó la causa ocurrió el 15 de enero de 2024, cerca de las 14:30, durante un control vehicular preventivo sobre la Ruta Nacional 40, frente al acceso al aeropuerto de Esquel. El procedimiento estuvo a cargo de la División Sustracción de Automotores y la Policía Patrimonial de Esquel, con la colaboración de un can detector de estupefacientes.
Al inspeccionar un Volkswagen Fox, los efectivos encontraron dentro de una mochila perteneciente a Arévalo una pistola Bersa Thunder 9 Ultra Compact Pro calibre 9 milímetros. El arma estaba escondida entre prendas de vestir, tenía el número de serie limado y estaba acompañada por un cargador con 10 cartuchos.
La prueba presentada por la Fiscalía
La causa tenía previsto llegar a un debate oral en septiembre, pero el Ministerio Público Fiscal y la Defensa comunicaron al tribunal que habían acordado aplicar el procedimiento de juicio abreviado contemplado en el artículo 355 del Código Procesal Penal. La Defensa reconoció la contundencia de las pruebas reunidas en una causa originada a partir de un hecho detectado en flagrancia.
Entre los elementos incorporados por la Fiscalía se encontraban el acta de intervención, un informe fotográfico y una pericia que estableció que el arma se encontraba apta para efectuar disparos. También se incorporaron declaraciones testimoniales y el informe del Registro Nacional de Reincidencia, que acreditó una condena anterior con fecha del 25 de abril de 2019.
Dos años de prisión y declaración de reincidencia
Antes de homologar el acuerdo, el juez verificó que el reconocimiento de culpabilidad realizado por Arévalo fuera voluntario. La conducta fue encuadrada en el artículo 189 bis, inciso segundo, párrafos primero y segundo, y el artículo 45 del Código Penal.
La pena establecida fue de dos años de prisión efectiva, equivalente al mínimo legal previsto para el delito. Además, el magistrado resolvió declarar a Arévalo reincidente, de acuerdo con el artículo 50 del Código Penal, debido a sus antecedentes. También ordenó el decomiso y posterior destrucción del arma de fuego y de las municiones secuestradas durante el procedimiento.
Una vez que la sentencia quede firme, luego de transcurrido el plazo de 10 días hábiles desde su notificación, el condenado será citado en su domicilio de Trelew para comenzar a cumplir la pena en un establecimiento carcelario.