Once imputados por vender drogas en Cuenca XV: clausuras, tobilleras y exclusión de los barrios
La fiscalía no solo pidió prisión domiciliaria: hay un detalle sobre los allanamientos que complica aún más a los acusados.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) formuló cargos contra 11 personas por comercializar estupefacientes en distintos puntos de la ciudad de Neuquén, en el marco de una investigación que incluyó allanamientos durante el último fin de semana. La fiscal del caso, Silvia Moreira, pidió medidas cautelares como prisión domiciliaria, prohibición de acercamiento a los barrios donde operaban y la clausura de varias viviendas.
Las imputaciones se llevaron a cabo en dos audiencias. El viernes por la tarde, Moreira atribuyó a cuatro hombres —F.E.S., P.L.H., A.D.L. y S.A.A.— el delito de comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas, en carácter de coautores. Según la acusación, la actividad se desarrolló al menos entre el 20 de mayo y el 27 de agosto de 2026 en dos viviendas del barrio Cuenca XV, con modalidad de boca de expendio. "Los cobros se hacían mediante pagos en efectivo o billeteras virtuales", puntualizó la fiscal.
En los allanamientos realizados en esos domicilios se secuestraron 84 gramos de clorhidrato de cocaína y 61 gramos de cannabis sativa, además de dinero en efectivo. Como medida cautelar, se dispuso por dos meses la detención domiciliaria de P.L.H., A.D.L. y S.A.A., con consigna policial hasta que se les coloquen tobilleras electrónicas, y la prohibición de contacto con los testigos del caso. En el caso de F.E.S., se estableció la prohibición de ingresar al barrio Cuenca XV. También se ordenó la clausura de un inmueble ubicado en la calle Delegados Territoriales Neuquinos.
Una organización familiar
El sábado por la tarde, Moreira y el asistente letrado Pablo Jávega formularon cargos contra otras siete personas, a quienes atribuyeron integrar una organización familiar dedicada a la comercialización y fraccionamiento de cocaína y marihuana en distintos domicilios del barrio Cuenca XV y zonas aledañas. La actividad, según la acusación, se extendió al menos desde el 17 de diciembre de 2025 hasta el 27 de agosto de 2026, con una división de roles y puntos de venta coordinados. Los compradores podían ser derivados de una vivienda a otra y los pagos se realizaban en efectivo o mediante billeteras virtuales.
En los allanamientos del 27 de agosto se secuestraron envoltorios de cocaína y marihuana listos para la venta, balanzas de precisión, anotaciones con precios y nombres, dinero en efectivo en pesos argentinos, dólares y pesos chilenos, además de armas de fuego y municiones. La fiscalía imputó a J.A.Y., C.B.F., O.G.F.S., M.E.M., J.M.M., T.B.S. y C.N.F.S. por comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas, en carácter de coautores. Para O.G.F.S. y M.E.M., sumó el delito de tenencia ilegítima de armas de fuego, en concurso real.
Como medida de coerción, la fiscalía solicitó cuatro meses de detención domiciliaria para los siete imputados, en domicilios alternativos fuera de Cuenca XV, con monitoreo mediante tobilleras electrónicas. Hasta su colocación, se dispusieron controles policiales con al menos tres rondines diarios sorpresivos. También pidió la prohibición absoluta de contacto durante cuatro meses con los testigos de identidad reservada y vecinos denunciantes.
Resoluciones del juez
El juez de garantías Marco Lupica Cristo hizo lugar a la formulación de cargos y abrió la investigación por cuatro meses, con vencimiento el 29 de diciembre de 2026. Además, dispuso la detención domiciliaria de los siete imputados en domicilios ubicados en otros barrios y prohibió que mantengan contacto con los cinco testigos señalados por la fiscalía. En el caso de M.E.M., el juez limitó la imputación como adulto al período posterior al 23 de mayo de 2026, fecha en la que cumplió 18 años.
Respecto de las viviendas, prorrogó por cuatro meses la clausura del domicilio de T.B.S., pero rechazó la clausura de la otra casa para evitar dejar sin vivienda a tres niños menores de edad. En este último caso, consideró que el riesgo de reanudación de la actividad quedó neutralizado con el traslado de la pareja a otro barrio y la detención domiciliaria. Además, hizo lugar al embargo de las cuentas y billeteras virtuales de J.A.Y. y C.N.F.S. hasta un límite de 30 millones de pesos por persona, con excepción de las cuentas destinadas al cobro de subsidios o de naturaleza alimentaria.