Once puñaladas, un amigo de la infancia y un juicio que tiene en vilo a Río Gallegos

El juicio por el crimen de Óscar Lancucheo en Río Gallegos dejó al descubierto una trama que estremece: un amigo de la infancia está acusado de matarlo a puñaladas. La fiscal pidió una condena, pero el número de años y el desenlace quedaron para el final.

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Once puñaladas, un amigo de la infancia y un juicio que tiene en vilo a Río Gallegos
Once puñaladas, un amigo de la infancia y un juicio que tiene en vilo a Río Gallegos

El homicidio de Óscar Javier Lancucheo, un trabajador del Hospital Regional de unos 35 años, estremeció a Río Gallegos no solo por la violencia extrema del ataque, sino por el vínculo que unía a la víctima con el acusado: una amistad que se remontaba a la infancia, cuando ambos compartían la escuela y los juegos.

La madrugada del 26 de octubre de 2024, Lancucheo fue asesinado en una vivienda de la calle Jofre de Loaiza. Según la reconstrucción que se presentó en el juicio, el ataque ocurrió mientras estaba acostado, en un estado de intoxicación alcohólica que le habría impedido defenderse. La investigación reunió pruebas genéticas, pericias médicas y registros de cámaras de seguridad que vincularon a Fernando “Motomoto” Muñoz con el hecho.

Tras el crimen, el acusado se dirigió a la casa de su entonces pareja y le confesó lo ocurrido. La frase que, según el testimonio de la mujer, pronunció en ese momento quedó como uno de los pasajes más impactantes de la causa: “Algo le pasó a Oscarcito, maté a Oscarcito y me voy a matar, dejame despedirme de mi hijo”.

Poco después, Muñoz fue encontrado por la Policía en la costanera de Río Gallegos, mientras comía un sándwich de milanesa. Allí fue detenido. Desde entonces permanece privado de la libertad, a la espera de una definición judicial sobre su responsabilidad penal y la pena que corresponde imponerle.

Casi dos años después de aquella madrugada, el caso regresó a los tribunales. Este jueves, la Cámara Oral de Río Gallegos realizó el debate contra Muñoz, en una audiencia en la que familiares, amigos y testigos reconstruyeron las horas previas al homicidio y las consecuencias que dejó la muerte de Lancucheo.

El debate fue presidido por el juez Enrique Arenillas, acompañado por los vocales Eduardo López y Florencia Moreira. La acusación estuvo a cargo de la fiscal Verónica Zuvic, quien representó al Ministerio Público Fiscal en un proceso sin querella particular. Muñoz, por recomendación de su abogado defensor, Emin Charif Sat, decidió no declarar durante las primeras etapas de la audiencia.

El imputado ingresó a la sala cerca de las diez de la mañana. De porte grande, vestido con un chaleco de color verde militar y una remera aguamarina, se sentó después de que le retiraran las esposas. Durante buena parte del debate mantuvo la mirada dirigida al suelo o se cubrió parcialmente el rostro con la mano derecha, dejando a la vista su cabello canoso.

El testimonio de la madre: “Era muy amigo de mi hijo”

La primera en declarar fue la madre de Lancucheo, quien ingresó acompañada por una agente del Centro de Asistencia a la Víctima. Su testimonio estuvo marcado por la incredulidad. Para la mujer, la muerte de su hijo no solo significó una pérdida familiar: también representó la ruptura de una confianza que durante años había considerado indiscutible.

“Teníamos confianza con Muñoz, le abríamos la puerta de nuestra casa, era muy amigo de mi hijo. A veces me pregunto por qué, por qué pasó esto”, expresó ante el tribunal.

La madre recordó que ambos hombres habían compartido la escuela y que su hijo no era una persona conflictiva. La familia había recibido al acusado en su casa y le había brindado ayuda en momentos difíciles, incluso cuando atravesaba problemas vinculados con el consumo de sustancias y situaciones de vulnerabilidad. “Fueron a la escuela juntos, mi hijo no era conflictivo, fue algo tan atroz. Solo pido justicia por mi hijo, no merecía morir así”, sostuvo.

La mujer también dejó en claro que, mientras otros amigos se habían distanciado de Muñoz por sus problemas personales, Óscar había continuado tendiéndole una mano. Esa circunstancia se convertiría más tarde en uno de los ejes centrales de los alegatos: la confianza depositada en el acusado y la traición de un vínculo que la Fiscalía consideró especialmente relevante al momento de evaluar la gravedad del hecho.

Las horas previas: una reunión que terminó en tragedia

El siguiente testigo fue Chávez, amigo de Lancucheo y conocido de Muñoz. Su declaración permitió reconstruir las horas anteriores al homicidio, cuando los tres habían compartido una reunión en una vivienda prestada por el propio Chávez.

Según relató, durante la noche habían tomado vino y, cerca de las dos de la madrugada, Muñoz y Lancucheo se retiraron caminando hacia la casa de la víctima. En ese momento, aseguró, no advirtió ninguna situación que le hiciera pensar que podía producirse una tragedia. “Se fueron caminando, no vi nada raro. Sí sabía que Muñoz estaba en situación de calle”, declaró.

El testimonio aportó un dato importante: no se describió una pelea evidente ni un episodio previo que anticipara el desenlace. Los dos hombres se marcharon juntos, como podían hacerlo dos amigos que se conocían desde hacía años. Horas después, uno de ellos estaría muerto.

La investigación ubicó el ataque entre las 5.40 y las 8 de la mañana del sábado 26 de octubre de 2024. La víctima recibió once heridas cortantes concentradas principalmente en el cuello, mientras se encontraba acostada en su habitación.

La ausencia de una confrontación previa claramente acreditada y las condiciones físicas en las que estaba Lancucheo fueron aspectos centrales de la reconstrucción fiscal. Para la acusación, la combinación de la intoxicación alcohólica y la localización de las lesiones resultaba determinante para comprender por qué la víctima no habría tenido posibilidades reales de defenderse.

La palabra del forense: alcoholemia de 3,04 gramos por litro

Uno de los testimonios técnicos más relevantes fue el del médico del Cuerpo Médico Forense Francisco Echandi, quien explicó ante los jueces las conclusiones de la evaluación médico-legal.

El profesional describió una pérdida sanguínea grave y lesiones agrupadas en una región específica del cuerpo. Según su exposición, Lancucheo falleció como consecuencia de un cuadro de hematoma asfíctico, en el marco de las lesiones sufridas, y agonizó en su habitación.

El informe también destacó el nivel de intoxicación alcohólica de la víctima. La alcoholemia consignada en las actuaciones fue de 3,04 gramos por litro de sangre, un valor extremadamente elevado que, según la explicación presentada durante el debate, comprometía seriamente su capacidad de reacción y defensa.

La Fiscalía sostuvo que Lancucheo se encontraba en un estado de indefensión cuando fue atacado. Las once heridas cortantes concentradas en el cuello no fueron consideradas un detalle secundario, sino un elemento central para valorar la violencia ejercida y la vulnerabilidad de la víctima.

Durante los alegatos, Zuvic describió esa situación al señalar que la víctima no había tenido posibilidades de resistirse debido a su estado de intoxicación. La acusación remarcó que las circunstancias del ataque permitían sostener que existió intención de matar, aunque no alcanzaban, a su criterio, para acreditar una finalidad adicional que justificara una figura penal más grave.

La expareja del acusado: “Hay dos personas, el del que yo me había enamorado y el adicto”

La declaración de la expareja del acusado aportó otra perspectiva sobre la vida de Muñoz y el deterioro que, según relató, había experimentado durante los meses anteriores al homicidio.

La mujer, madre de un hijo en común con el imputado, habló de los problemas de consumo de drogas y de los cambios que observaba en su conducta. “Hay dos personas, el del que yo me había enamorado y el adicto”, afirmó.

La mujer señaló que, durante 2024, después de un viaje a Neuquén, Muñoz había regresado en una situación que describió como más grave en relación con el consumo. También mencionó que había perdido su trabajo en un ministerio después de un episodio relacionado con el robo de una camioneta. “Si hubiera tenido contención, esto no hubiese pasado”, sostuvo.

La cuestión central para el tribunal era determinar qué incidencia podían tener esas circunstancias en la comprensión de los hechos y en la graduación de una eventual pena. El consumo de sustancias, por sí mismo, no determina automáticamente la inimputabilidad: para que exista esa consecuencia jurídica deben acreditarse los presupuestos previstos por la ley.

El celular con sangre y las pruebas genéticas

Otro testigo, amigo de la infancia de Lancucheo y vecino de la zona, aportó un elemento relevante para la reconstrucción posterior al homicidio. Según declaró, encontró el teléfono celular de la víctima en el portón de su vivienda. El aparato tenía manchas de sangre. Al revisar las cámaras de seguridad, pudo observar que Muñoz había sido quien dejó el dispositivo en ese lugar después del ataque.

El hallazgo se incorporó a una investigación que no se apoyó únicamente en testimonios, sino también en evidencias materiales y periciales. El teléfono, las imágenes de seguridad y los análisis científicos permitieron reconstruir parte de los movimientos posteriores al hecho y relacionar al acusado con distintos elementos de la causa.

La fiscal Zuvic sostuvo, además, que los estudios genéticos habían permitido detectar el perfil de Muñoz en el mango del arma homicida y debajo de las uñas de Lancucheo. También se había encontrado sangre de la víctima en una campera secuestrada al imputado.

Durante su alegato, la representante del Ministerio Público fue categórica: “La autoría está probada, más allá de cualquier duda. Encontramos un ADN en el mango del cuchillo, bajo las uñas también de la víctima”.

Para la Fiscalía, esos resultados, sumados a los demás elementos reunidos, acreditaban la participación de Muñoz en el homicidio. El debate sobre la calificación legal no implicó, en consecuencia, que la acusación pusiera en duda la autoría del hecho, sino que concentró la discusión en cuál era la figura penal que correspondía aplicar.

El hermano de la víctima: “Mi hijo pone la Play y no se escucha nada”

La declaración de Joel, hermano de Lancucheo, permitió conocer otro aspecto de la escena. El hombre se encontraba en la vivienda durante la madrugada, junto con su hijo, pero aseguró que no escuchó nada que le permitiera advertir el ataque.

Explicó que estaba durmiendo y que su hijo suele jugar con la PlayStation, cuyo sonido, según indicó, dificulta percibir otros ruidos dentro de la casa. “Mi hijo pone la Play y no se escucha nada”, relató.

Fue durante la mañana siguiente cuando el hijo le avisó que había efectivos policiales afuera. Al ingresar a la habitación, encontraron a Lancucheo rodeado de sangre. “Lo planeó muy bien, porque sabía que nadie se iba a percatar”, afirmó.

Su preocupación también estuvo puesta en el riesgo que, a su entender, había corrido su hijo. El niño estaba en la casa durante los hechos y, aunque no escuchó lo sucedido, la posibilidad de que la violencia hubiera alcanzado a otro integrante de la familia volvió aún más doloroso el recuerdo de aquella mañana.

Los alegatos: criminis causa descartado y pedido de 19 años

Después de escuchar a los testigos y analizar las pruebas incorporadas al debate, llegó el momento de los alegatos. La fiscal Verónica Zuvic expuso la posición del Ministerio Público y estableció una distinción fundamental entre la autoría del crimen, que consideró acreditada, y la calificación legal que finalmente entendió que correspondía aplicar.

La acusación inicial contemplaba el homicidio agravado criminis causa. Esta calificación exige demostrar que una persona mató con una finalidad específica vinculada con otro delito, por ejemplo, para facilitarlo, consumarlo, ocultarlo o procurar la impunidad.

Sin embargo, durante el juicio, la Fiscalía entendió que no había pruebas suficientes para sostener esa finalidad adicional. Por ese motivo, encuadró el hecho como homicidio simple. “No nos permite al Ministerio Público tener la certeza que exige que Muñoz haya matado para perpetrar, facilitar, consumar u ocultar otro delito y tampoco para asegurar su impunidad”, explicó Zuvic.

La fiscalía también señaló que no se había acreditado que Muñoz hubiera sustraído la notebook o la billetera de Lancucheo, ni que hubiera realizado movimientos en la cuenta de Mercado Libre de la víctima. Esos elementos, según la acusación, no permitían establecer que el homicidio hubiera sido cometido para robar o encubrir otro delito.

“El dolo de matar está probado más allá de toda duda y, como dice esta ultra finalidad, no”, sostuvo la representante del Ministerio Público.

Zuvic fue especialmente cuidadosa al explicar esa postura ante los familiares de Lancucheo. Su objetivo fue dejar en claro que la decisión respondía a una valoración jurídica de las pruebas y no a una minimización de la muerte. “Óscar no murió por una deuda, Óscar no murió por un teléfono celular, murió en manos de su amigo, lo había tratado como un hermano… pero bueno, la prueba no nos permite sostener la calificación”, expresó.

Aunque descartó el agravante criminis causa, la Fiscalía consideró que la relación entre ambos hombres debía tener un peso específico al momento de establecer la pena. En ese punto, Zuvic hizo hincapié en la confianza que Lancucheo y su familia habían depositado en Muñoz. Según los testimonios, el acusado había sido recibido en la casa de la víctima y había contado con la ayuda de personas que conocían sus problemas personales.

Para la fiscal, ese vínculo agravaba el reproche que merecía la conducta, porque el homicidio había sido cometido contra alguien que había mantenido una actitud solidaria con el imputado. “Era un enemigo disfrazado de amigo, lo traicionó profundamente”, sostuvo durante su exposición haciendo propias las palabras de la madre de la víctima.

La representante del Ministerio Público insistió en que la ruptura de esa relación de confianza debía ser ponderada junto con las circunstancias concretas del ataque. “Esta traición de este vínculo entiendo que agrava el reproche”, afirmó.

La Fiscalía también valoró la intensidad de la violencia ejercida. Las once heridas cortantes concentradas en el cuello fueron consideradas un elemento relevante para graduar la pena, aunque no se sostuvo la figura técnica de ensañamiento. La acusación entendió que la rapidez de la secuencia lesiva no permitía afirmar ese agravante específico, sin que ello impidiera considerar la violencia desplegada como una circunstancia relevante.

En sentido contrario, también se contemplaron factores personales del acusado, entre ellos sus problemas de consumo de sustancias y la ausencia de antecedentes penales previos, según lo expuesto durante el alegato. Tras analizar esos elementos, Zuvic solicitó formalmente una condena de 19 años de prisión para Fernando Muñoz.

La defensa: el estado personal de Muñoz y el artículo 34 del Código Penal

Después del alegato fiscal, el abogado defensor Emin Charif Sat expuso su postura ante el tribunal. Comenzó manifestando respeto por el dolor de la familia de Lancucheo y señaló que su función consistía en garantizar que la eventual condena se ajustara a las disposiciones legales y constitucionales.

El defensor coincidió con la Fiscalía en que el hecho debía encuadrarse como homicidio simple y no como homicidio criminis causa. Sin embargo, discrepó con el monto de pena solicitado por Zuvic y desarrolló una estrategia centrada en el estado personal de Muñoz al momento del crimen.

La defensa sostuvo que el acusado atravesaba una grave desestabilización, asociada con el consumo de sustancias y la interrupción de un tratamiento psiquiátrico. Entre los elementos mencionados figuró el abandono de medicación, incluida la clozapina, que, de acuerdo con la exposición defensiva, había sido parte de su tratamiento.

Charif Sat planteó que debía analizarse si Muñoz había tenido, en el momento del ataque, capacidad para comprender la criminalidad de sus actos o para dirigir sus acciones conforme a esa comprensión.

La cuestión es jurídicamente decisiva. El artículo 34, inciso 1, del Código Penal contempla supuestos en los que una persona puede ser considerada no punible cuando, por determinadas alteraciones, no pudo comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones. Sin embargo, esa conclusión no surge automáticamente de la existencia de una adicción, de una intoxicación o de un tratamiento psiquiátrico interrumpido: requiere una evaluación específica de las condiciones que establece la ley. La defensa pidió que esas circunstancias fueran consideradas al momento de determinar la responsabilidad penal y la sanción que correspondiera.

Las últimas palabras de Muñoz: “No quise hacerle daño a Óscar”

El tramo final del debate tuvo como protagonista al propio Muñoz. Después de escuchar los testimonios, las conclusiones de la Fiscalía y los argumentos de su defensor, el imputado se dirigió al tribunal y habló de la amistad que había mantenido con Lancucheo.

Sus palabras estuvieron atravesadas por la incredulidad, el arrepentimiento y una insistencia en que no había querido provocar la muerte de quien consideraba un amigo cercano.

“Era un amigo que era como un hermano, no quise hacerle daño a Óscar”, manifestó. En su relato, Muñoz describió una dinámica de bromas y juegos entre ambos, y sostuvo que nunca había tenido la intención de llegar al desenlace que terminó con la vida de Lancucheo.

“Estábamos jorobando, era un juego así que hacíamos nosotros: ‘voy a hacer esto, voy a hacer lo otro’, pero nunca tuve la otra intención”, expresó, y agregó: “Yo no lo quería matar, todavía ni yo lo puedo creer”.

Muñoz también habló de su situación actual, de la imposibilidad de mantener una vida familiar normal y de las consecuencias que, según dijo, deberá afrontar durante el resto de su vida. “Yo ya no tengo vida, esto es una cruz que voy a llevar toda mi vida”, manifestó.

Durante su exposición hizo referencia a las personas que, según expresó, lo consideran un asesino, a su hijo y a la dificultad de sostener los vínculos que tenía antes de quedar detenido. También pidió que, durante el cumplimiento de una eventual condena, pudiera acceder a un lugar donde estuviera tranquilo y tuviera la posibilidad de estudiar o realizar alguna actividad.

Finalmente, pidió perdón a los familiares de Lancucheo y reconoció que la amistad compartida ya no podría recuperarse. “Perdón a la familia, yo estoy pagando, no se preocupe que yo estoy pagando cada día que me levanto”, expresó. Recordó también las actividades que había compartido con Óscar, entre ellas la guitarra y la escritura, y sostuvo que no se consideraba un monstruo. Sin embargo, admitió que debía afrontar las consecuencias judiciales de lo ocurrido.

El próximo jueves al mediodía, el tribunal dará a conocer el veredicto en este caso que conmocionó a Río Gallegos por la brutalidad del mismo y por el vínculo que había entre la víctima y el victimario.

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