Ordenan auditorías en juzgados de Río Gallegos: ¿qué buscan detectar?

El presidente del TSJ de Santa Cruz ordenó auditorías en juzgados de Río Gallegos. ¿Qué buscan detectar y en qué plazos? Los detalles de la inspección que nadie contó.

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Ordenan auditorías en juzgados de Río Gallegos: ¿qué buscan detectar?
Ordenan auditorías en juzgados de Río Gallegos: ¿qué buscan detectar?

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, Dr. Gabriel Contreras Agüero, firmó una resolución que ordena inspecciones en los juzgados de la capital provincial. La medida busca identificar demoras procesales y fallas operativas en plazos acotados.

Según la Resolución (Tomo CLXXV, Registro 92, Folio 103), emitida "Ad-Referéndum" el pasado 28 de julio, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la Primera Circunscripción deberá realizar una amplia inspección sobre el funcionamiento diario de los juzgados de primera instancia con asiento en Río Gallegos.

¿Qué juzgados serán inspeccionados?

Las actuaciones abarcan a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 1 y N° 2, así como a los Juzgados de Familia N° 1, N° 2 y N° 3. La Cámara de Apelaciones actuará en el marco de sus atribuciones de superintendencia y dispondrá de un plazo estricto de 15 días hábiles a partir de la notificación para elevar los informes correspondientes a la Presidencia del cuerpo.

¿Por qué esta decisión?

Entre los fundamentos, el Dr. Contreras Agüero destacó que es función prioritaria del Tribunal Superior de Justicia velar por la "correcta, eficiente y oportuna prestación del servicio de justicia en todas las dependencias". En consonancia con principios constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos (art. 8 de la CADH, art. 18 de la CN y arts. 15 y 131 de la Constitución Provincial), el documento enfatiza el deber de asegurar un servicio libre de "dilaciones irrazonables".

Esta nueva etapa de auditorías en la Primera Circunscripción (Río Gallegos) da continuidad a los procedimientos que previamente se realizaron en la Segunda Circunscripción Judicial. El propósito central es identificar cuellos de botella, demoras procesales o fallas operativas, para adoptar luego medidas correctivas y de reorganización.

Finalmente, la resolución dispone que lo actuado sea puesto en conocimiento de los demás integrantes del Tribunal Superior de Justicia en el próximo Acuerdo Ordinario para su ratificación.

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