Pagan la tasa aérea en la factura de luz y la Justicia ahora apunta a un funcionario
¿Puede la empresa de energía trasladarte a la boleta un cargo que, según los amparistas, le corresponde pagar a ella? La audiencia terminó sin acuerdo y ahora la Corte apunta a un ministerio.
La audiencia de conciliación por el cobro de la Tasa de Ocupación del Espacio Aéreo (TOEA) terminó sin acuerdo entre EC SAPEM y los usuarios que impulsaron el amparo. El exdiputado provincial Alfredo Marchioli y el abogado y vicepresidente de la UCR Fernando Navarro cuestionaron que la empresa traslade a las facturas un cargo que, según su interpretación, debe asumir por utilizar el espacio público.
Tras el encuentro, Marchioli sostuvo que, ante la falta de acuerdo, la Corte dará intervención al Ministerio de Desarrollo Productivo para que explique una resolución dictada durante la causa. Según planteó, esa resolución autorizó a EC SAPEM a cobrar la tasa a los usuarios y fue emitida después de presentado el amparo.
“Al no haber conciliación le va a correr traslado al Ministerio de Desarrollo Productivo de por qué en una instancia extemporánea, porque después de presentado el amparo, el ministro de Desarrollo Productivo sacó una resolución autorizándole, sin competencia para hacerlo, a la empresa de energía a cobrar esta tasa”, señaló Marchioli.
Qué dice la empresa y qué responden los amparistas
El encuentro había sido convocado por la Corte para intentar una salida acordada. Navarro explicó que EC SAPEM sostuvo que no tiene argumentos para justificar el traslado de la tasa a los usuarios y que estaría dispuesta a retirarla, pero que la decisión correspondería al municipio. Los demandantes rechazaron esa postura.
Navarro aclaró que el amparo no busca eliminar la tasa ni cuestionar la facultad de la Municipalidad de la Capital para cobrarla. El planteo apunta a determinar quién debe asumir el costo. Según explicó, la ordenanza establece como hecho imponible la ocupación del espacio aéreo y, desde su interpretación, el obligado es quien utiliza ese espacio para desarrollar su actividad. En este caso, sostuvo, EC SAPEM instala postes y tendidos eléctricos para prestar el servicio.
“Nosotros no estamos cuestionando la ordenanza municipal, no estamos cuestionando el derecho del municipio de cobrar una tasa por un servicio que presta a la empresa de energía y también a las empresas de telefonía”, explicó Navarro. El abogado sostuvo que EC SAPEM incorpora el concepto en la factura y lo cobra a los usuarios sin que, según afirmó, exista una norma que habilite ese traslado.
El antecedente que citan los amparistas
Los amparistas también mencionaron como antecedente un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Banco Galicia contra la Municipalidad de Córdoba. En esa sentencia, el máximo tribunal estableció que una tasa municipal debe estar vinculada con un servicio concreto, efectivo e individualizado y que el monto debe guardar una relación razonable con el costo de la prestación. Marchioli considera que ese criterio respalda el planteo sobre la TOEA.
Cuánto pesa en la boleta
Durante la audiencia se discutió el impacto del cargo en las facturas. Navarro indicó que la tasa representa un 6% y que, al incorporarse el IVA, el porcentaje llega a entre 7,1% y 7,2%. Según relató, la empresa calificó como “ínfimo” el monto por usuario.
La causa había sido presentada inicialmente como un amparo por usuarios particulares. Sin embargo el tribunal admitió la acción y determinó su carácter colectivo. Navarro destacó que esa definición implica que la resolución del tribunal tendrá incidencia sobre los usuarios de la provincia de Catamarca.
La falta de acuerdo cerró la instancia de conciliación y dejó abierto el trámite judicial. Los amparistas deberán esperar las próximas actuaciones de la Corte, entre ellas el eventual traslado al Ministerio de Desarrollo Productivo mencionado por Marchioli, para conocer cómo continuará el expediente. La discusión seguirá centrada en si EC SAPEM puede trasladar a los usuarios una tasa vinculada con la ocupación del espacio aéreo.
Navarro señaló que, si el amparo no prospera, los demandantes analizan alternativas judiciales para cuestionar la resolución ministerial y las prácticas de EC SAPEM. Mencionó acciones contencioso-administrativas. Marchioli planteó un eventual recurso extraordinario ante la Corte Suprema, aunque ahora Navarro aclaró que esa alternativa todavía debe ser evaluada.