Pagó la cirugía de cáncer, lo dieron de baja y ahora la Justicia tomó una decisión que sorprende
¿Puede una prepaga dar de baja a un afiliado que se enfermó a los pocos días de firmar? El caso llegó a la Justicia y el fallo dejó un punto sin resolver que todavía lo complica.
Un hombre se sumó a una prepaga, a los pocos días recibió un diagnóstico de cáncer de colon y la empresa le rescindió el contrato. El paciente llevó el caso a la Justicia y un juzgado federal falló a su favor, aunque con un matiz clave.
El diagnóstico que apareció después de la afiliación
Según el expediente, el hombre inició los trámites para incorporarse a la prepaga en mayo de 2026 y quedó formalmente afiliado el 1° de julio. Mientras completaba la documentación, ya arrastraba síntomas que todavía no tenían explicación: dolores abdominales y alteraciones gastrointestinales que habían empezado ese mismo mayo.
Los estudios llevaron a una biopsia que el 23 de junio confirmó un adenocarcinoma de colon. El diagnóstico llegó después de que el paciente firmara la declaración jurada de salud, un punto central en la disputa posterior.
La operación que tuvo que pagar de su bolsillo
Con el diagnóstico confirmado, los médicos indicaron una hemicolectomía izquierda laparoscópica para extirpar el segmento del colon afectado por el tumor. Cuando el sanatorio pidió la autorización correspondiente, la prepaga se negó a cubrir la intervención alegando una supuesta irregularidad administrativa.
El hombre afrontó entonces todos los gastos de la cirugía, que se realizó el 7 de julio, apenas seis días después de su afiliación. El golpe siguiente llegó el 13 de julio: una carta documento le informó que su contrato quedaba rescindido. La empresa sostuvo que había omitido información sobre antecedentes vinculados con la enfermedad al completar la declaración jurada.
El paciente rechazó esa acusación y aseguró que cuando llenó el formulario no sabía que tenía cáncer, porque el diagnóstico se conoció con posterioridad.
Qué resolvió la Justicia
El Juzgado Federal de Victoria concluyó que no había pruebas suficientes para demostrar que el hombre hubiera ocultado su enfermedad de forma deliberada al momento de afiliarse. Para el juez, la rescisión del contrato fue una decisión arbitraria.
Por eso ordenó reincorporar al paciente de inmediato al mismo plan, con las prestaciones correspondientes y sin ningún valor diferencial por la enfermedad preexistente.
El fallo, sin embargo, rechazó el pedido de que la prepaga le devolviera el dinero que gastó en la operación. El tribunal consideró que ese reclamo económico debía canalizarse por otra vía judicial y no a través de la acción de amparo.