Pedidos Ya pierde otra batalla judicial: la Corte bonaerense avaló la millonaria multa por los repartidores
La Corte bonaerense rechazó el recurso de Pedidos Ya y dejó firme una multa de más de 17 millones de pesos. ¿Qué pasará con los repartidores que la empresa no reconocía?
La Suprema Corte de Justicia bonaerense le puso un freno a Pedidos Ya y dejó firme una sanción millonaria del Ministerio de Trabajo provincial por las condiciones laborales de sus repartidores. La empresa había intentado llevar el caso a la Corte Suprema de la Nación, pero el máximo tribunal provincial le cerró el camino.
Todo comenzó en julio de 2020, cuando inspectores del Ministerio de Trabajo bonaerense realizaron operativos en distintas localidades de la provincia. En total relevaron a 71 personas que hacían repartos a través de la plataforma. La empresa, Repartos Ya S.A., fue intimada a presentar la documentación laboral de esos trabajadores.
Según consta en el expediente, la compañía solo reconoció como trabajador en relación de dependencia a uno de los repartidores. Para otros 62 sostuvo que eran prestadores autónomos con contratos de locación de servicios, mientras que negó cualquier vínculo laboral con los ocho restantes.
La multa que desató el conflicto
La autoridad laboral provincial consideró que había infracciones y aplicó una multa de $17.690.400. La empresa apeló, pero el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata confirmó la sanción en 2021. Para los jueces, la firma no había logrado desvirtuar la presunción de relación laboral respecto de los 62 repartidores que reconocía como prestadores.
Después de varias instancias judiciales, Repartos Ya intentó llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un recurso extraordinario federal. Pero la Suprema Corte bonaerense rechazó el planteo en una resolución del 5 de agosto de 2026.
¿Qué argumentó el máximo tribunal provincial?
Los jueces consideraron que la empresa no había realizado una “crítica eficaz” de las decisiones anteriores y que sus argumentos repetían cuestiones ya analizadas. Además, descartaron que existiera un supuesto de “gravedad institucional” que justificara habilitar la instancia federal.
De esta manera, quedó cerrado el camino para que el caso llegara a la Corte nacional por esa vía. Sin embargo, la Suprema Corte provincial ordenó que la situación de las ocho personas cuya vinculación laboral fue directamente negada vuelva a ser analizada por un Tribunal del Trabajo con una nueva integración.