¿Pensás que no podés dar de baja tu tarjeta de crédito porque debés cuotas? La ley dice lo contrario

Conocé qué dice la Ley Nacional de Tarjetas de Crédito sobre las deudas pendientes al momento de pedir la baja. Los detalles que tenés que saber antes de hacer el trámite.

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¿Pensás que no podés dar de baja tu tarjeta de crédito porque debés cuotas? La ley dice lo contrario

Muchas personas creen que no pueden dar de baja una tarjeta de crédito hasta terminar de pagar todas las cuotas o cancelar el total de la deuda. Sin embargo, la legislación argentina establece que el usuario puede solicitar la cancelación del servicio aun cuando mantenga consumos pendientes.

Desde la oficina municipal de Defensa al Consumidor recordaron que la Ley Nacional de Tarjetas de Crédito Nº 25.065 garantiza ese derecho y obliga a las entidades financieras a aceptar la baja.

Cancelar la tarjeta no significa eliminar la deuda existente. Las cuotas y saldos pendientes continúan vigentes y deben abonarse bajo las condiciones originalmente pactadas con el banco o la entidad emisora. La diferencia es que, una vez realizada la baja, dejan de generarse gastos asociados al mantenimiento, renovación o administración de la tarjeta.

“La gente muchas veces cree que no puede dar de baja una tarjeta porque todavía debe cuotas o porque tiene saldo pendiente. Y eso no es así. La ley protege al usuario y obliga a las entidades financieras a aceptar la cancelación igualmente”, señaló Nadia Amalevi, jefa de la oficina Municipal de Defensa al Consumidor.

Según indicaron desde la dependencia municipal, crecieron las consultas relacionadas con endeudamiento, refinanciaciones, cobros indebidos y dificultades para afrontar gastos financieros. La normativa también establece que las entidades bancarias no pueden exigir el pago total de la deuda como condición para avanzar con la cancelación. De todos modos, sí pueden solicitar que el trámite se realice de forma presencial cuando existen montos pendientes.

¿Qué pasos seguir para pedir la baja?

Desde Defensa al Consumidor, recomendaron realizar siempre el trámite mediante canales oficiales y conservar constancias del pedido. Los pasos a seguir son:

  • Solicitar la cancelación por home banking, aplicación oficial, teléfono o sucursal.
  • Pedir número de trámite o comprobante de la gestión.
  • Revisar los resúmenes posteriores para verificar que no sigan cobrando mantenimiento.
  • Guardar mails, mensajes y documentación vinculada al trámite.
  • Destruir físicamente la tarjeta una vez finalizada la baja.

Además, recordaron que ante negativas, trabas o cobros posteriores a la cancelación, los usuarios pueden realizar reclamos ante el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y organismos de Defensa del Consumidor.

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