Polémico proyecto en Catamarca: ¿castigar a quienes protegen a los chicos?
¿Castigar a quien protege? Un proyecto en Catamarca crea un registro de 'obstructores de vínculo' que ignora las leyes de niñez y podría afectar principalmente a mujeres.
Un proyecto de ley presentado en la Legislatura catamarqueña propone crear un registro de "obstructores de vínculo" que, según críticos, terminaría sancionando a quienes protegen a niños y niñas, en su mayoría mujeres. La iniciativa, que no menciona la Convención sobre los Derechos del Niño ni la ley provincial de niñez, invierte la lógica de protección al castigar primero a quien cuida y no al presunto agresor.
El diputado Carlos Yebir Aibar Quintar presentó en la Legislatura de Catamarca un proyecto para crear el Registro Provincial de Obstructores de Vínculo. La iniciativa, que se presenta como una herramienta para proteger a la niñez, ha generado un fuerte debate por sus implicancias legales y de género.
Un proyecto que ignora las leyes de niñez
Lo primero que llama la atención es que el proyecto no cita en ninguno de sus fundamentos la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional 26.061 ni la Ley Provincial 5357. Esta última, en su artículo 3°, establece que ambas normas son de aplicación obligatoria "en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza" que involucre a menores de edad en la provincia.
La omisión no es menor. Estas normas consagran el derecho de niñas, niños y adolescentes a ser oídos y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y madurez. El proyecto, en cambio, define al "obstructor" como quien "dificulte o impida de manera reiterada" el vínculo con el progenitor no conviviente, pero no dice nada sobre la voluntad del niño ni sobre qué pasa cuando el propio chico se niega a ver a su padre o madre.
El riesgo de castigar a quien protege
Una de las críticas más fuertes es que el registro, con sus restricciones para acceder a cargos públicos, contrataciones estatales o créditos, recaería mayoritariamente sobre mujeres. Son ellas quienes, estadísticamente, ejercen el cuidado cotidiano tras una separación.
Si una madre frena un régimen de visitas porque hay una denuncia en trámite, porque su hijo no quiere ver a su padre, o porque detectó algo que la Justicia aún no investigó, el proyecto no exige que el Estado determine primero si hubo abuso o violencia. Le exige a ella "regularizar su situación" o quedar inscripta en un registro público, exponiendo indirectamente a los mismos chicos que dice proteger.
La Ley Provincial 5434, sancionada en 2015, ya reconoce que la violencia familiar y de género es un problema estructural en Catamarca. Creó un fuero especializado con jueza propia y defensorías para víctimas. Pero mientras ese fuero tardó una década en estar operativo, este proyecto pretende avanzar rápido con un mecanismo que puede terminar sancionando a la misma persona que ese fuero debe proteger.
Un proyecto que ya fue rechazado en otras provincias
La iniciativa no es nueva. Circula por el país desde hace casi dos décadas con el mismo nombre y la misma lógica. En 2017, el legislador Juan Nosiglia presentó un proyecto casi idéntico en la Ciudad de Buenos Aires, que no prosperó. En Tucumán, en 2021, una petición pública cuestionó su base científica: el Síndrome de Alienación Parental, que subyace a estos registros, fue desestimado por el Comité de Derechos del Niño de la ONU y la Organización Mundial de la Salud.
Corrientes tuvo su versión en 2020, desde el Ministerio de Justicia provincial, pero al menos citaba el marco normativo completo. En Salta, un proyecto similar obtuvo media sanción en 2020, y en Chaco se convirtió en ley en 2022, aunque el debate sobre sus riesgos sigue abierto.
Organizaciones de niñez y género advierten que estos registros sancionan el síntoma —la interrupción del contacto— sin investigar la causa, y que en la práctica castigan a quienes cuidan. Catamarca es ahora la última provincia en repetir la fórmula. La pregunta es si también repetirá el debate que la acompaña en cada versión anterior.