Luego del anuncio realizado por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, el Gobierno oficializó este viernes por la medianoche los lineamientos para la importación y exportación de residuos no peligrosos que hayan sido sometidos a una operación de valorización, una prohibición que se mantenía vigente desde hace 16 años, cuando era presidenta Cristina Fernández de Kirchner.
Con el Decreto 1/2025, publicado en la primera edición del año del Boletín Oficial, se autoriza la comercialización definitiva o temporaria de chatarra y residuos metálicos, los cuales podrán ser utilizados como “insumo para un proceso productivo determinado o un producto de uso directo” en el Territorio Nacional, el Área Aduanera Especial y las Zonas Francas, incluidos sus espacios aéreos y marítimos
En el artículo 1° de la medida, se explica que “no estará permitida la importación de aquellos residuos no peligrosos que, habiendo sido sometidos a una operación de valorización, pretendan tener como objetivo la valorización energética y/o su disposición final” y que “la exportación de residuos no peligrosos valorizados e insumos industriales valorizados no estará sujeta a prohibiciones y debe ajustarse al cumplimiento del Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación”.
Otro de los requisitos que exige la normativa es la presentación de una “Declaración Jurada” que asegure que dichos materiales no son peligrosos, según la normativa nacional e internacional. Los exportadores también deberán demostrar que su carga cumple con las regulaciones internacionales, principalmente el Convenio de Basilea, para asegurar que los residuos a exportar sean apropiados y no representen riesgos para el medio ambiente.
Qué se entiende por Residuo, Residuo no peligroso valorizado y Valorización
El Gobierno, a través del Boletín Oficial, clasificó los diferentes tipos de residuos que formarán parte de la comercialización.
Residuo: toda materia, sustancia u objeto producido en cualquier actividad y a cuya eliminación, reciclado, recuperación y/o disposición final se proceda, se proponga proceder o se esté obligado a proceder.
Residuo no peligroso valorizado: aquel que, no estando encuadrado en los alcances de la normativa nacional en materia de residuos peligrosos, haya sido sometido a una operación de valorización o de eliminación de su carácter de peligrosidad.
Valorización: todo procedimiento que permita el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos, mediante el reciclaje en sus formas física, química, mecánica o biológica, y la reutilización.
Sturzenegger justificó los cambios en la importación y exportación de residuos: “La prohibición era nociva”
Previo a la oficialización de la norma, Sturzenegger argumentó los motivos de la decisión que tomó el oficialismo: “Esta prohibición era nociva por varios motivos. Primero, porque al deprimir el precio local de los desechos desincentivaba el reciclado. Pero era nociva, sobre todo, porque prohibía un sinfín de negocios de reciclado para amplísimos sectores de la economía (por dar un ejemplo, cables de cobre desechados por las telefónicas, que tienen un activo mercado para reciclado en el exterior no podían exportarse)”, dijo en la red social X.
“En estos meses recibimos incontables mensajes de empresas cuyos negocios estaban vedados por esta prohibición”, agregó.
El presidente @JMilei ha dicho en reiteradas oportunidades que el poder del Estado no se debe usar para redistribuir arbitrariamente ingresos entre los actores de un mercado. Por ello ayer decidimos no renovar los alcances de los decretos 1040/20 y 70/23 (no confundir con DNU…
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) January 1, 2025 El ministro, además, aseveró que la norma beneficiaba a los procesadores de la mencionada chatarra, pero perjudicando a quienes la producían (típicamente empresas más pequeñas de reciclado), al tiempo que se perdían centenas de negocios de valorización de residuos.
ES
Fuente: clarin.com