InicioPolíticaLa VTV deja de ser obligatoria según el DNU: ¿Qué opinas?

La VTV deja de ser obligatoria según el DNU: ¿Qué opinas?

El presidente Javier Milei ha anunciado un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para desregular la economía, que incluye cambios en la documentación requerida para circular en vehículos en territorio nacional, por lo que la VTV dejaría de ser obligatoria.

Según el DNU, las autoridades provinciales y municipales solo pueden exigir a los conductores la cédula del vehículo (que ahora puede ser digital), la licencia de conducir y el comprobante de pago de la patente. No se especifica si el comprobante debe estar a nombre del conductor o si debe estar al día al momento de ser detenido por las autoridades.

En consecuencia, la Verificación Técnica Vehicular (VTV) y el comprobante de póliza de seguro ya no son obligatorios para circular en vehículo.

Si bien es necesario presentar los documentos mencionados anteriormente a las autoridades, no podrán ser retenidos a menos que exista una orden judicial o una denuncia de hurto o robo.

Es obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil en caso de cualquier accidente, pero el vehículo no podrá ser retenido si el conductor no lo tiene en el momento del control.

Otro aspecto destacado del DNU es la eliminación de la obligación de presentar un libre deuda para inscribir o transferir un vehículo.

“La inscripción inmediata del dominio de los vehículos o sus transferencias no podrá ser restringida o limitada por normas administrativas ajenas a los aranceles del Registro. La existencia de deudas por multas o patentes en situación regular tampoco podrá impedir la inscripción o transferencia de vehículos en el Registro”, señala el texto.

Aquí se detallan los 14 artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU)

  • Se crea un registro electrónico de automotores a cargo de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRNPACP).
  • Todos los trámites ante el registro automotor podrán realizarse de manera presencial o remota, ante la DNRNPACP o ante los registros seccionales.
  • Los aranceles para los trámites ante la DNRNPACP serán los mismos que los vigentes para los trámites ante los registros seccionales.
  • No se podrán restringir ni limitar la inmediata inscripción del dominio de los automotores o de sus transmisiones por normas de carácter administrativo ajenas a los aranceles del Registro.
  • La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro.
  • Las personas humanas o jurídicas registradas en el Organismo de Aplicación como comerciantes habituales en la compraventa de automotores deberán inscribir a su nombre los automotores usados que adquieran para la reventa posterior.

La medida entrará en vigencia a partir del 2 de mayo de 2024

El decreto ha sido criticado por algunos sectores, que consideran que puede generar un aumento de la burocracia y dificultar el acceso a los servicios del registro automotor. Sin embargo, el Gobierno sostiene que la medida es necesaria para modernizar el registro y facilitar los trámites para los ciudadanos.

Aquí hay algunos detalles adicionales sobre las modificaciones realizadas:

  • La creación de un registro electrónico de automotores a cargo de la DNRNPACP representa una modernización del sistema registral. Este registro permitirá agilizar los trámites y facilitar el acceso a la información sobre los vehículos.
  • La posibilidad de realizar trámites ante la DNRNPACP o ante los registros seccionales brinda mayor flexibilidad a los ciudadanos.
  • La equiparación de los aranceles para los trámites ante la DNRNPACP y los registros seccionales elimina las diferencias entre ambos sistemas.
  • La prohibición de restringir la inscripción del dominio de los automotores o de sus transmisiones busca garantizar el derecho de propiedad.
  • La imposibilidad de impedir la inscripción o transmisión de automotores por deudas en situación regular por multas o patentes busca facilitar la circulación de los vehículos.
  • La obligación de que las personas humanas o jurídicas registradas en el Organismo de Aplicación como comerciantes habituales en la compraventa de automotores inscriban a su nombre los automotores usados que adquieran para la reventa posterior busca garantizar la trazabilidad de los vehículos.

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