Prohíben un juguete infantil por químicos tóxicos: cuál es y por qué es peligroso

La medida alcanza a un juguete que se consigue en locales y por internet. Hay un detalle sobre los riesgos que detectaron que preocupa a los padres.

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Prohíben un juguete infantil por químicos tóxicos: cuál es y por qué es peligroso
Prohíben un juguete infantil por químicos tóxicos: cuál es y por qué es peligroso

El Gobierno nacional prohibió desde este lunes 31 de agosto la importación, fabricación, comercialización y almacenamiento de ciertos juguetes blandos conocidos como “squishy”, que se venden con formas de gyoza o dumpling. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y entró en vigencia el mismo día.

La decisión, adoptada mediante la Disposición 690/2026 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, responde a denuncias y antecedentes que advirtieron sobre la posible presencia de benceno, ftalatos y otros químicos tóxicos en niveles superiores a los permitidos.

Qué juguetes están alcanzados

La norma identifica específicamente juguetes blandos confeccionados con polímero plástico, con formas de “gyoza, dumpling” o similares. Entre las denominaciones comerciales mencionadas aparecen:

- Squeezy Duplings
- Dumpling Squishy
- Dumpling Squishy Viral con Glitter y Orbis
- Dumpling Squishy con Steamer Box
- Versiones genéricas similares sin marca declarada

Según el texto oficial, estos artículos suelen comercializarse sin información ni advertencias en español y pueden conseguirse tanto en comercios físicos como a través de redes sociales y marketplaces.

Qué pasa con los productos certificados

La prohibición no alcanza automáticamente a todos los juguetes de este tipo. La disposición establece una excepción para fabricantes, importadores y vendedores que cuenten con declaración jurada de conformidad y certificaciones que acrediten la inocuidad del producto y el cumplimiento de las normas técnicas de seguridad.

En el caso de las importaciones, la Aduana podrá liberar la mercadería únicamente después de verificar que se cumplan esos requisitos. Para los productos que no estén comprendidos por esa excepción, las existencias que tengan fabricantes, importadores, mayoristas o minoristas deberán ser destruidas o desechadas de forma segura e inmediata.

La norma también obliga a los comerciantes, importadores y fabricantes que tengan páginas web a publicar de manera destacada los alcances de la disposición dentro de las 72 horas hábiles posteriores a su entrada en vigencia.

El incumplimiento podrá derivar en las sanciones previstas por la Ley de Defensa del Consumidor y el Decreto 274/2019, además de eventuales consecuencias penales cuando corresponda. La disposición también ordenó comunicar la decisión al Ministerio de Salud, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y las áreas de comercio y defensa del consumidor de todas las jurisdicciones del país.

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