Prometían reabrir 3 gimnasios con "110 empleos" y la Justicia encontró otra cosa
Prometían 110 puestos de trabajo para reabrir los gimnasios embargados, pero la Justicia les pidió los papeles y la cifra se derrumbó: solo 6 empleados registrados. El fallo fue lapidario.
El plan para reabrir la conocida cadena de gimnasios embargada en Resistencia se derrumbó en los tribunales. El Juzgado Federal 1 rechazó el fideicomiso que buscaba poner en marcha las sedes de las calles Illia, Santiago del Estero y Las Heras, y de paso desnudó una diferencia difícil de explicar: de los 110 puestos de trabajo que se alegaron al inicio, la documentación solo respaldó 6 empleados en relación de dependencia.
La resolución, de 13 páginas y firmada ayer, no solo objetó el planteo legal y patrimonial. También dejó al descubierto una grieta en el argumento de "impacto social" con el que se pretendía sensibilizar al tribunal.
De "110 damnificados" a 6 empleados registrados
Cuando se abrió el incidente judicial, los peticionantes agitaron el fantasma de una crisis laboral masiva: sostenían que la clausura afectaba a unos 80 empleos directos y 30 indirectos. Con ese relato pidieron autorización para reabrir.
Pero cuando la Justicia exigió papeles y la identificación con nombre y apellido de cada trabajador, la estructura se cayó. El esquema real que apareció en la documentación era un plan para 29 personas o equipos, con honorarios proyectados en $32,7 millones mensuales. En la nómina formal, en cambio, solo figuran 6 personas contratadas bajo relación de dependencia, con cargas sociales por apenas $1,3 millones.
«La dimensión laboral colectiva inicialmente invocada como uno de los fundamentos centrales no encontró correlato en la documentación posteriormente aportada», remarcó la jueza en el escrito.
Los límites del fuero penal
El fallo también fue tajante sobre el rol de la Justicia cuando impone embargos o clausuras cautelares. «La jurisdicción penal no es empleadora de quienes prestaban tareas para las sociedades investigadas, no es continuadora de su explotación comercial ni garante de sus salarios, honorarios, indemnizaciones o créditos», sostiene el texto.
El tribunal señaló que administrar tres gimnasios, lidiar con proveedores, alquilar instalaciones, cobrar cuotas y mover un flujo operativo de más de $56 millones al mes excede por completo la función de un juez. «La cuestión deja así de circunscribirse a la preservación de fuentes laborales para transformarse en la puesta en funcionamiento y supervisión de una verdadera organización empresarial», advierte la resolución.
Las cuatro claves que sepultaron el proyecto
Además del argumento social inconsistente, la Justicia alineó sus argumentos con la oposición del Ministerio Público Fiscal:
Sociedades bajo la lupa: las firmas que pretendían actuar como fiduciantes (Exengym SRL, Rana SRL, Exen Academy SAS y Pampafitness SAS) están bajo investigación en los términos del artículo 304 del Código Penal. Mover o comprometer sus bienes a un fideicomiso pondría en riesgo las garantías patrimoniales del expediente.
Confusión de activos: combinar equipamiento embargado con nuevas estructuras de facturación y cobro generaba una «complejidad jurídica» inadmisible sobre bienes cuya trazabilidad debe ser custodiada.
Falta de independencia: se proponía como administrador operativo a Juan Martín Castillo Cassiet. El tribunal desestimó la idea al recordar que la causa exige auditar los mismos circuitos administrativos en los que esa persona ya participaba.
Respaldo fiscal: el Ministerio Público Fiscal dictaminó expresamente por el rechazo en defensa de la legalidad del proceso y el interés general.
Medidas firmes
En la parte resolutiva, la resolución dispuso rechazar la creación del fideicomiso y mantener de manera estricta las medidas cautelares sobre todo el patrimonio embargado, con custodia adecuada.
El tribunal también aclaró que la recepción de los legajos no implica avalar la existencia de deudas ni contratos laborales, y envió a los involucrados a reclamar —si así lo consideran— ante la justicia del trabajo o por las vías correspondientes.