¿Qué decidió el juez sobre los miles de millones en deuda?

El juez Marcelo Gelcich dictó sentencias de verificación de créditos en el concurso preventivo de SanCor, ordenando el pasivo de la cooperativa láctea con acreedores como ARCA y fondos internacionales.

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¿Qué decidió el juez sobre los miles de millones en deuda?

Un fallo judicial ordenó el primer ordenamiento formal del abultado pasivo de SanCor Cooperativas Unidas Limitadas, determinando qué deudas son válidas y su grado de privilegio en un paso clave para la reestructuración de la histórica cooperativa láctea.

Con fecha del 27 de marzo de 2026, el Juzgado Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rafaela, a cargo del juez Marcelo Germán Gelcich, dictó las sentencias de verificación de créditos previstas en el artículo 36 de la Ley de Concursos y Quiebras. El tribunal analizó un total de 1519 pedidos de verificación sobre una base inicial de 2702 acreedores denunciados por la empresa.

El peso del fisco y los fondos internacionales

Entre los acreedores más relevantes aparece la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que se consolidó como el principal acreedor individual. La Justicia reconoció a su favor más de $23.607 millones en concepto de capital con privilegio general, a lo que se suman otros $25.235 millones por intereses y honorarios, estos últimos bajo la categoría de crédito quirografario.

En paralelo, el escenario financiero muestra una fuerte presencia de fondos internacionales de inversión. El BAF LATAM Trade Finance Fund B.V., con sede en Holanda, fue admitido como acreedor quirografario por más de US$51,8 millones. El juez consideró que su presentación al concurso implicó una renuncia tácita a ejecutar garantías extrajudiciales, lo que lo dejó sin privilegios sobre activos clave como marcas o inmuebles.

Una situación similar se dio con el fondo IIG Structured Trade Finance Fund Ltd., radicado en Islas Caimán, al que se le reconoció un crédito por más de US$34,4 millones. En este caso, las garantías invocadas sobre marcas comerciales fueron declaradas inoponibles por no haber sido debidamente registradas, lo que también derivó en su clasificación como acreedor común.

Distinto fue el tratamiento para el fideicomiso estatal FONDEP, que logró el reconocimiento de un crédito superior a los $2279 millones con privilegio especial, respaldado por una prenda sobre la marca principal de la compañía. Este punto refleja el interés del Estado en preservar activos estratégicos dentro del proceso concursal.

Impacto laboral y nuevas obligaciones

En el plano laboral, el impacto fue menor en esta instancia, ya que la mayoría de los trabajadores habían sido incorporados previamente al pasivo mediante el mecanismo de pronto pago. No obstante, se sumaron 16 nuevos créditos laborales por un total cercano a los $396 millones. A esto se agregan honorarios profesionales vinculados a gestiones gremiales, que superan los US$3 millones.

Más allá del detalle técnico, el cuadro general deja en evidencia la magnitud de la crisis que atraviesa la histórica cooperativa láctea, que supo ser uno de los emblemas del sector.

Prórroga y control judicial sobre la administración

En paralelo a la verificación de créditos, el juzgado resolvió prorrogar hasta el 30 de junio de 2026 las funciones de la coadministradora judicial, la contadora Lucila I. Prono. La decisión se fundamentó en la delicada situación financiera de la empresa, que incluye una deuda postconcursal superior a los $6349 millones de pesos al 31 de enero, con un ritmo de crecimiento mensual estimado en 3000 millones.

El tribunal también intimó al Consejo de Administración de la cooperativa a regularizar su situación institucional. En concreto, ordenó la presentación del balance correspondiente al ejercicio cerrado en junio de 2025 —que se encuentra en mora desde septiembre— y la convocatoria a la asamblea ordinaria, bajo apercibimiento de remover a las autoridades actuales.

Como medida clave para sostener la operatoria, la Justicia autorizó la apertura de una cuenta corriente especial en el Nuevo Banco de Santa Fe, con carácter inembargable frente a reclamos de acreedores postconcursales. El objetivo es evitar que embargos o medidas cautelares aisladas terminen por paralizar la actividad y precipiten la quiebra.

El camino hacia una propuesta de acuerdo

Tras estas resoluciones, se abre ahora una nueva etapa en el proceso. Luego del período para solicitar aclaraciones, la sindicatura deberá presentar el informe general previsto en el artículo 39 de la ley, paso previo a la formulación de una propuesta de acuerdo.

En ese escenario, el futuro de SanCor dependerá de su capacidad para articular intereses diversos —estatales, financieros, laborales y comerciales— en un contexto económico adverso. La resolución del concurso no solo definirá el destino de la cooperativa, sino también el impacto sobre toda la cadena láctea, en un país donde su historia aún pesa tanto como su presente incierto.

juez Marcelo Germán Gelcich. (Foto: Conclusión).
juez Marcelo Germán Gelcich. (Foto: Conclusión).
El peso de los compromisos financieros condiciona la reestructuración de SanCor Cooperativas Unidas Limitadas. (Foto: SanCor).
El peso de los compromisos financieros condiciona la reestructuración de SanCor Cooperativas Unidas Limitadas. (Foto: SanCor).
La crisis de la histórica cooperativa se refleja en un entramado de acreedores y obligaciones en disputa. (Foto: SanCor).
La crisis de la histórica cooperativa se refleja en un entramado de acreedores y obligaciones en disputa. (Foto: SanCor).

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