Quedaron libres por la causa Techo Digno, pero la Justicia dio vuelta el fallo y los espera un nuevo juicio
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Quedaron libres por la causa Techo Digno, pero la Justicia dio vuelta el fallo y los espera un nuevo juicio

La Justicia anuló las absoluciones de tres exfuncionarios de Sierra Grande y ordenó rehacer el juicio por las 40 viviendas del Techo Digno. La medida alcanza a los hermanos Tamburrini y a Ernesto Noel, pero deja afuera a otros imputados. ¿Qué encontró el Tribunal para dar marcha atrás?

El Tribunal de Impugnación de Río Negro anuló las absoluciones de tres exfuncionarios municipales de Sierra Grande y ordenó rehacer el juicio por la construcción de 40 viviendas del programa Techo Digno. La decisión alcanza al exintendente Renzo Tamburrini, su hermano Mauro y Ernesto Noel, quienes habían sido absueltos en junio pasado.

La resolución dejó sin efecto el debate oral que terminó con las absoluciones porque, según los jueces, no se lograron probar «los hechos atribuidos». El nuevo proceso deberá revisar la acusación de administración fraudulenta y uso de documento público falso.

Un alcance acotado

La nulidad no abarca a todos los involucrados. El exintendente Nélson Iribarren y sus exsecretarios Claudia Albariño y Miguel Ángel Mesa no fueron acusados por la Fiscalía y su situación no integra el recurso. Tampoco se reabrió la imputación por certificados de infraestructura, un punto sobre el que el Ministerio Público Fiscal había desistido.

El tribunal de revisión limitó su decisión a los agravios presentados contra las absoluciones de los hermanos Tamburrini y Noel, los únicos que deberán enfrentar una nueva instancia oral.

Los fundamentos de la anulación

Para el Tribunal de Impugnación, la sentencia absolutoria tuvo defectos en la valoración de la prueba y no respondió con suficiencia a los cuestionamientos de la Fiscalía. En concreto, señaló que el tribunal de juicio no examinó de manera integral las declaraciones de quienes inspeccionaron las viviendas, los informes técnicos ni la documentación contractual.

Uno de los puntos flojos que detectó fue la respuesta sobre los trabajos de movimiento de suelos. Existía un segundo convenio de infraestructura cuyos pagos también se discutieron en el debate, y la sentencia no lo habría contemplado de forma adecuada.

La resolución también puso el foco en la declaración de un trabajador municipal que explicó cómo se confeccionaron algunos certificados. Según ese testimonio, en ciertas oportunidades se seleccionaron tareas para alcanzar cifras previamente fijadas, aunque los avances reales no coincidieran con lo ejecutado. El Tribunal consideró que ese testimonio no recibió el tratamiento que merecía en el fallo absolutorio.

Otro de los cuestionamientos apuntó al uso del llamado principio de confianza, invocado para evaluar la intervención de los exfuncionarios. Los jueces entendieron que el análisis de sus responsabilidades no podía hacerse dejando de lado el resto de la prueba producida.

La sentencia aclaró expresamente que anular el fallo no equivale a tomar posición sobre el fondo del asunto. Es decir, no anticipa culpabilidad ni inocencia: solo ordena que un nuevo tribunal revise el caso.

Qué investigó la Justicia

El expediente se centra en hechos ocurridos en 2015, cuando el municipio de Sierra Grande ejecutó un convenio con el Estado nacional para construir 40 viviendas. Los investigados son Renzo Tamburrini, exintendente; Mauro Tamburrini, exsecretario de Hacienda; y Ernesto Héctor Noel, exsecretario de Obras y Servicios Públicos.

La acusación incluyó los delitos de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y uso de documento público falso.

Según la Fiscalía, el municipio autorizó pagos a la empresa constructora a partir de ocho certificados que registraban un avance de obra del 71,03%. Sin embargo, distintos relevamientos posteriores calcularon porcentajes menores: una inspección técnica estimó cerca del 35%, otra evaluación determinó un 42,21% y un profesional contratado por la empresa registró aproximadamente un 43%.

La discusión se concentró en esas diferencias y en el contenido de los certificados. La Fiscalía sostuvo que se documentaron trabajos que todavía no estaban ejecutados, entre ellos revoques, cielorrasos, pisos y otras terminaciones. También cuestionó que el tribunal de juicio descartara testimonios de personal municipal y de integrantes del organismo de control local.

Las defensas rechazaron esa interpretación. Plantearon que los certificados tenían carácter provisorio, que la obra se contrató por ajuste alzado y que las mediciones no incluyeron determinados trabajos de movimiento de suelos e infraestructura. Además, señalaron que las funciones administrativas y técnicas estaban distribuidas entre diferentes áreas y que no existían pruebas suficientes de una actuación dolosa.

Ahora, el nuevo juicio deberá revisar esas pruebas y determinar si los tres exfuncionarios son responsables de los hechos que se les imputan.

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