Quieren sembrar en las rutas pampeanas: ¿qué harán con la plata?

Un proyecto de la UCR en La Pampa propone sembrar en las rutas y repartir lo recaudado entre caminos, escuelas y bomberos. ¿Cómo funcionaría?

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Quieren sembrar en las rutas pampeanas: ¿qué harán con la plata?
Quieren sembrar en las rutas pampeanas: ¿qué harán con la plata?

Un proyecto de ley presentado por diputados de la UCR en La Pampa busca habilitar el uso agrícola de las franjas adyacentes a las rutas provinciales. La iniciativa propone que los municipios liciten esos terrenos y que lo recaudado se reparta entre caminos, escuelas y bomberos.

La propuesta, impulsada por Sergio Heber Pregno con la coautoría de Hipólito Altolaguirre y Gisela Cuadrado, retoma un proyecto similar que el propio Pregno había presentado en 2008. Apunta a las denominadas “franjas adyacentes” a la Red Vial Provincial, pero deja afuera de manera explícita las banquinas y los espacios reservados para la seguridad vial.

¿Qué terrenos se podrían explotar?

No todas las franjas podrán ser utilizadas. La Dirección Provincial de Vialidad (DPV) deberá elaborar un informe anual con las superficies aptas para la producción, indicando su ubicación y extensión. Quedarán excluidas aquellas que, por razones técnicas o de seguridad, deban permanecer libres.

Los permisos serían precarios, onerosos, personales y revocables, con una duración máxima de un año, renovable por períodos iguales. La renovación no generaría derechos adquiridos ni expectativas de continuidad.

El destino sería principalmente agrícola: siembra y cosecha de cereales, oleaginosas, forrajes y otros cultivos compatibles. La condición jurídica de los terrenos no cambiaría: seguirían siendo parte del dominio público provincial.

¿Cómo se adjudicarían?

Los municipios y comisiones de fomento que adhieran deberán realizar concursos o licitaciones para otorgar los permisos. El canon base lo fijaría cada comuna, siguiendo pautas objetivas que establecería la reglamentación.

En caso de empate en las condiciones económicas y técnicas, el proyecto establece un orden de prioridad: primero los propietarios o arrendatarios de los inmuebles frentistas y luego las entidades de bien público de la jurisdicción.

¿A dónde iría el dinero?

Uno de los puntos más llamativos es el destino de los fondos. Los cánones ingresarían a los municipios a través de una cuenta especial, con esta distribución:

40% para el mantenimiento de la Red Vial Terciaria, 40% para las Cooperadoras Escolares y 20% para las Asociaciones de Bomberos Voluntarios del ejido. Si alguna de esas instituciones no existiera, la parte correspondiente iría a otras entidades de bien público.

¿Qué estaría prohibido?

La iniciativa establece restricciones claras: no se podrá usar para pastoreo, ni alambrar o electrificar las franjas. Tampoco se permitirán edificaciones ni instalaciones fijas. El productor deberá hacer un manejo racional del suelo, prevenir la erosión, mantener el predio libre de plagas y evitar quemas.

Además, deberá conservar las obras públicas existentes, no modificar desagües ni alcantarillas, y garantizar el libre escurrimiento de las aguas. No se podrá sembrar en las áreas de ingreso a las propiedades rurales.

¿Puede el Estado revocar el permiso?

Sí. A pedido de Vialidad Provincial, los municipios podrán revocar total o parcialmente el permiso por razones viales, técnicas o de servicio. En ese caso, el permisionario no tendrá derecho a indemnización, aunque se procurará no afectar la recolección de cultivos ya implantados.

El permiso caducará automáticamente por vencimiento del plazo, incumplimiento grave de obligaciones o desaparición de las condiciones que justificaron su otorgamiento.

Seguro obligatorio y multas

Los productores deberán contratar un seguro de responsabilidad civil durante toda la vigencia del permiso. Quien explote una franja sin permiso o incumpla las obligaciones podrá recibir multas, cuyos montos definiría la reglamentación. En caso de reincidencia, el permiso podría ser revocado.

En los fundamentos, los autores mencionan que estas franjas son conocidas tradicionalmente como “Estancia La Larga”, una práctica informal extendida que la ley buscaría regular y convertir en una actividad formal sujeta al pago de un canon.

Los diputados sostienen que La Pampa tiene un perfil agropecuario y que la producción agrícola es uno de los pilares del desarrollo del interior. Invocan el artículo 33 de la Constitución Provincial, que establece que la propiedad debe cumplir una función social.

Si se aprueba, el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley dentro de los 90 días de su promulgación, y los municipios serán invitados a adherir.

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