Rechazan fallos que archivaron una demanda millonaria contra la Provincia por extracción de ripio
La Corte de Justicia de San Juan anuló los fallos que archivaron una demanda millonaria contra la Provincia. ¿Qué pasó con el reclamo de las cinco hermanas por la extracción de ripio?
La Corte de Justicia de San Juan dio un giro inesperado en un expediente que lleva más de una década y que tiene como protagonistas a cinco hermanas que reclaman una indemnización millonaria. El máximo tribunal anuló las sentencias que habían declarado prescripta la acción y ordenó que la causa vuelva a foja cero.
¿Cuál es el origen del reclamo?
Todo comenzó en 2011, cuando la familia Quiroga demandó a la Provincia por la supuesta extracción ilegal de más de 230 mil metros cúbicos de ripio de un terreno en Sarmiento. Según la denuncia, el hecho habría sido autorizado por las autoridades de la última dictadura militar, entre 1977 y 1978.
La demanda se presentó bajo la figura de expropiación irregular y buscaba una compensación económica. Además, los demandantes cuestionaron la constitucionalidad del plazo de 10 años que fija la ley provincial para reclamar contra el Estado.
¿Qué dijeron los tribunales inferiores?
En 2019, la jueza contencioso administrativa Adriana Tettamanti consideró que habían pasado más de tres décadas de inactividad y declaró la prescripción de la acción. Ese criterio fue ratificado luego por la Sala IV de la Cámara Civil, que argumentó la necesidad de proteger la seguridad jurídica.
Sin embargo, la Corte provincial no coincidió con ese razonamiento. Con la firma de los ministros Marcelo Lima, Adriana García Nieto y Daniel Olivares Yapur, el tribunal sostuvo que las resoluciones anteriores fueron prematuras y viciadas.
¿Qué falló la Corte?
El máximo tribunal consideró que los jueces de grado omitieron resolver primero los planteos de la Fiscalía de Estado sobre la legitimación activa y pasiva de las partes. Es decir, no se definió si las hermanas eran realmente las propietarias del material extraído ni si la Provincia era la obligada a responder.
Según el fallo, resolver la prescripción o la inconstitucionalidad sin antes determinar la existencia válida de las partes implicaría actuar en abstracto y emitir una declaración general, algo que excede las facultades del Poder Judicial y vulnera la división de poderes.
El ministro Lima explicó que la legitimación es un presupuesto indispensable para que exista un litigio o "caso judicial".
¿Qué pasa ahora?
La Corte anuló todo lo actuado y ordenó que un nuevo juez tome la causa para expedirse primero sobre la validez legal de las partes. Recién si se confirma la legitimación, se podrá avanzar con el análisis de la prescripción y la validez del plazo de 10 años.