Rechazan recusación contra el juez del amparo por comedores: ¿qué pasa ahora?
El STJ rechazó la recusación del juez Malvasio en el amparo por los comedores. ¿Qué argumentos usó la vocal Mizawak y qué significa esto para la medida cautelar?
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) dio un revés a la Fiscalía de Estado al rechazar la recusación del juez Juan Francisco Malvasio, el magistrado que tiene en sus manos el amparo colectivo que frenó los cambios en los comedores escolares.
La decisión, tomada por mayoría, deja firme la intervención de Malvasio en la causa que impulsan padres, Agmer y la Fundación Cauce para frenar la modificación en la provisión de insumos para desayunos y meriendas en las escuelas de la provincia.
¿Cuál fue el argumento del STJ?
La vocal Claudia Mizawak fue la encargada de redactar el voto que lideró el rechazo. Sostuvo que el pedido de apartamiento "no resulta procedente" porque los fundamentos presentados por la Fiscalía "no alcanzan para tener por configurados elementos que objetivamente den sustento a la causal invocada".
En otras palabras, para el STJ no hay pruebas de que el juez Malvasio tenga un interés personal en el caso ni que exista una "sospecha legítima de parcialidad" que justifique sacarlo de la causa.
¿Qué había argumentado la Fiscalía?
La Fiscalía de Estado recusó al juez después de que este ordenara inscribir el amparo en el Registro de Procesos Colectivos del STJ. En esa resolución, Malvasio definió el objeto del proceso como la tutela del derecho de los niños a "no recibir alimentos que resulten aptos para causar un perjuicio a su salud".
Para la Fiscalía, esa frase no era una descripción neutral, sino una toma de posición anticipada sobre el fondo del asunto. Sin embargo, el STJ no coincidió con esa lectura.
¿Qué dijo el juez en su defensa?
Malvasio explicó que la mención a la aptitud de los productos para dañar la salud no fue una afirmación propia, sino una simple reseña de lo que pidieron los actores en la demanda. La usó únicamente para identificar a los sujetos incluidos en la clase afectada, tal como exige el reglamento de procesos colectivos.
La vocal Mizawak adhirió a esa explicación y agregó que las partes que no estén de acuerdo con una decisión judicial deben usar los recursos previstos, pero la recusación no es uno de ellos en este caso.
La postura de Mizawak fue acompañada por Susana Medina y Leonardo Portela. Así, el pleno del STJ le puso un freno a la estrategia de la Fiscalía, al menos por ahora.
El conflicto de fondo sigue vigente: el nuevo esquema de comedores, que iba a empezar en agosto, está frenado por una medida cautelar. La apelación de la Fiscalía a esa cautelar todavía espera resolución del STJ.