Rechazaron la condena leve y ahora el ataque a su pareja será juzgado como intento de femicidio
¿Pensaban que se iba a salir con la suya? El Tribunal de Impugnación anuló la condena leve y ahora el agresor enfrenta una posible pena de prisión efectiva. Los detalles del fallo que nadie contó.
En una decisión que reconfigura por completo el expediente, el Tribunal de Impugnación dejó sin efecto la pena condicional impuesta a Carlos Emanuel Sosa Juárez y resolvió que el ataque contra su pareja debe ser tratado como tentativa de femicidio. El acusado, que había recibido una condena de dos años en suspenso, ahora enfrenta una posible pena de prisión efectiva.
La causa se remonta al 4 de octubre de 2024, cuando Laura Alejandra Herrera Mendieta fue atacada en su vivienda. En aquel momento, el imputado fue condenado por lesiones leves agravadas, pero la revisión del caso cambió el rumbo: los jueces consideraron que existió intención homicida y lo declararon responsable de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género, en grado de tentativa.
¿Qué pasó en el primer juicio?
En marzo de este año, el tribunal original, integrado por las juezas Mabel Irene Moya y Celia Maldonado de Álvarez, había entendido por mayoría que no hubo intención de matar. Para sostener esa postura, argumentaron que las lesiones en el cuello y el rostro eran superficiales y que, de haber querido matar, el imputado habría podido hacerlo por la superioridad física que ejercía durante la agresión.
Sin embargo, esa lectura fue rechazada. El presidente del tribunal, Gerardo Fernández Caussi, ya había marcado disidencia en aquel entonces, señalando que el episodio reunía elementos para ser calificado como tentativa de femicidio. Destacó que se aplicaron al menos tres puñaladas dirigidas al cuello y a la zona maxilofacial, y remarcó que la hoja del cuchillo se dobló al impactar contra el hueso del maxilar de la víctima.
El nuevo fallo
Tras la apelación presentada por la UFI CAVIG, los jueces María Silvina Rosso de Balanza, Ana Lía Larrea y Renato Roca revisaron el expediente y descartaron los fundamentos del fallo anterior. En su resolución, sostuvieron que la intención del agresor no puede inferirse solo a partir de la gravedad de las lesiones, y que la conducta desplegada demuestra una clara voluntad homicida.
El tribunal tuvo por acreditado que la mujer fue sorprendida mientras intentaba dormir sobre un colchón en el piso, que el acusado la inmovilizó sentándose sobre su abdomen, la sujetó del cuello y comenzó a apuñalarla, sin darle posibilidad de defensa. También indicó que la víctima sobrevivió por circunstancias ajenas a la voluntad del agresor, ya que el recorrido del cuchillo fue detenido por el hueso maxilar izquierdo.
Violencia de género y celos
Otro punto valorado fue el contexto de violencia de género. La sentencia rechazó la versión defensiva que intentó presentar el episodio como una discusión mutua y señaló que la agresión se produjo luego de que el imputado sintiera celos al creer reconocer un pantalón suyo en un video publicado en TikTok por la pescadería donde trabajaba la víctima.
Con la condena anterior anulada, el próximo paso será la audiencia de cesura para definir la pena de prisión efectiva que deberá cumplir Carlos Emanuel Sosa Juárez.