Reforma laboral aprobada: Los 11 cambios que van a sacudir tu sueldo y tu trabajo

¿Tu salario, tus vacaciones y hasta tu indemnización están a punto de cambiar? Descubrí los 11 puntos ocultos de la reforma laboral que el Gobierno acaba de aprobar y que nadie te contó en detalle.

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Reforma laboral aprobada: Los 11 cambios que van a sacudir tu sueldo y tu trabajo

El Gobierno de Javier Milei logró la sanción definitiva de la reforma laboral, un objetivo central de su gestión. La ley, denominada Modernización Laboral, fue aprobada con la versión de Diputados, que eliminó el polémico artículo sobre descuentos por licencia médica. Desde cómo se pagan las indemnizaciones hasta nuevas reglas para las vacaciones, estos son los puntos clave que impactarán directamente en los trabajadores tucumanos y de todo el país.

La Cámara de Diputados eliminó el artículo 44, que contemplaba descuentos salariales en casos de licencia médica. Con esta modificación, la ley quedó lista para su implementación, marcando un antes y un después en las relaciones laborales argentinas.

¿Qué pasa con tu salario y las indemnizaciones?

El salario deberá abonarse en dinero, ya sea en moneda nacional o extranjera, o en especie, habitación o alimentos. Se introduce la figura del “salario dinámico”, que podrá pactarse en convenios colectivos o ser definido por el empleador como reconocimiento al mérito. El pago será exclusivamente a través de entidades bancarias, excluyendo las billeteras virtuales.

Para las indemnizaciones por despido, se reduce la base de cálculo. Ya no se incluirán conceptos como vacaciones no gozadas, aguinaldo, propinas o premios. Se fija un tope que no podrá superar tres veces el salario promedio mensual del convenio colectivo. Estas indemnizaciones se actualizarán por inflación más un 3% anual.

Un nuevo sistema de fondos y cambios en la jornada

Se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), cuentas específicas e inembargables que los empleadores deberán constituir con un aporte mensual obligatorio. Las grandes empresas aportarán el 1% de las contribuciones patronales, mientras que las pymes lo harán con un 2,5%. La administración estará a cargo de la Comisión Nacional de Valores.

En cuanto a las jornadas, se habilita extender la diaria de ocho a doce horas, respetando un descanso mínimo de doce horas entre turnos. Las horas extras podrán compensarse mediante un banco de horas o francos compensatorios, previo acuerdo. También se incorporan contratos a tiempo parcial por debajo de la jornada legal.

Vacaciones, antigüedad y estatutos que desaparecen

El empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo acuerdo distinto. Se permite el fraccionamiento, siempre que cada período no sea inferior a siete días corridos.

La antigüedad se contará desde el inicio de la relación laboral, incluyendo contratos a plazo sucesivos. Se reconocerá el tiempo trabajado anteriormente si el empleado reingresa con el mismo empleador, excepto si pasaron más de tres años entre la desvinculación y el nuevo ingreso.

Quedarán derogados los estatutos de viajantes de comercio, peluqueros, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía a los seis meses de la sanción. El estatuto del periodista profesional se eliminará a partir del 1° de enero de 2027.

Trabajadores de plataformas, huelgas y aportes sindicales

Se crea la figura del repartidor independiente y se establece que la relación con las aplicaciones será considerada un contrato de servicios, no un vínculo laboral tradicional, otorgando libertad para definir la modalidad contractual.

Se fijan niveles mínimos de prestación durante medidas de fuerza. Los servicios esenciales deberán garantizar el 75% de funcionamiento y los trascendentales al menos el 50%. Se amplía el listado de actividades alcanzadas, incluyendo la educación en todos sus niveles. Las fuerzas de seguridad deberán operar al 100%.

Se mantiene el 6% de aportes patronales a las obras sociales. Continúa la cuota sindical obligatoria —para afiliados o no— con un tope del 2% del salario mensual por un plazo de dos años. El aporte a cámaras empresarias tendrá un límite del 0,5%.

Incentivos para las pymes

Se crea el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), apuntado a pymes que inviertan en bienes muebles nuevos —excepto automóviles— amortizables en Ganancias, o en obras productivas dentro del país. Los montos van desde u$s 150.000 hasta u$s 9 millones, según el tamaño de la empresa.

Entre los beneficios fiscales se incluye la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias y la posibilidad de solicitar la devolución de saldos a favor de IVA generados por inversiones, dentro de un cupo anual y en un plazo de hasta tres ejercicios fiscales.

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