Reforma laboral de Milei: qué cambió para las empleadas domésticas y qué sigue igual

La reforma laboral de Milei cambió reglas para empleadas domésticas: período de prueba y créditos. ¿Sabés qué obligaciones siguen vigentes?

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Reforma laboral de Milei: qué cambió para las empleadas domésticas y qué sigue igual
Reforma laboral de Milei: qué cambió para las empleadas domésticas y qué sigue igual

La reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei tocó un sector sensible: el de las empleadas domésticas. Aunque la Ley 26.844 sigue vigente, se introdujeron cambios en el período de prueba, los créditos laborales y las obligaciones administrativas. Pero ojo: las reglas de siempre no desaparecieron.

¿Qué modificó exactamente la reforma?

Uno de los puntos más relevantes es la posibilidad de que empleador y trabajadora evalúen durante un tiempo determinado si quieren continuar con la relación laboral. Al finalizar ese lapso, rigen plenamente los derechos de estabilidad e indemnizaciones. Es como un período de prueba extendido, pero con reglas claras.

Otro cambio clave es la actualización del sistema de cálculo de los créditos laborales, que se aplicará en eventuales reclamos judiciales derivados de la relación laboral. Esto significa que, si hay un conflicto, la fórmula para calcular montos será diferente.

¿Las empleadas domésticas ahora tienen menos derechos?

No necesariamente. La Ley 26.844 sigue siendo la norma madre que regula la actividad. La reforma no derogó sus disposiciones específicas, sino que incorporó nuevos mecanismos. Las obligaciones básicas del empleador se mantienen intactas.

Entre las obligaciones que siguen vigentes están: registrar la relación laboral desde el primer día, inscribir a la trabajadora en el sistema “Casas Particulares” de ARCA, asignar la categoría correcta según las tareas, pagar el salario mínimo, emitir recibo de sueldo, realizar aportes jubilatorios y de obra social, contratar una ART, y otorgar vacaciones, licencias, descansos y el SAC.

Estas obligaciones aplican incluso si la trabajadora tiene carga horaria reducida o si presta servicios para más de un empleador. Cada empleador debe registrarla individualmente y hacer los aportes correspondientes.

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