Rentas de Tucumán extiende el plan de regularización de deudas: ¿cuánto podés ahorrar?
La Dirección General de Rentas prorrogó el plan de regularización de deudas hasta el 31 de agosto. ¿Cuánto podés ahorrar en intereses y qué requisitos tenés que cumplir? Enterate de todos los detalles antes de que venza el plazo.
La Dirección General de Rentas de Tucumán confirmó que los contribuyentes tienen tiempo hasta el 31 de agosto para adherirse al régimen de regularización de deudas fiscales, con descuentos de hasta el 50% en intereses. La medida alcanza a todos los tributos provinciales y también a deudas que ya están en instancia judicial.
Según informó el organismo, la prórroga permite ponerse al día con obligaciones vencidas y exigibles al 31 de mayo de 2026, incluyendo intereses, recargos y multas. La jefa de la División Asistencia al Contribuyente, Karina Delordi, explicó que el beneficio se extiende a los distintos tributos provinciales y que incluso se pueden incorporar deudas que ya están en gestión de cobro judicial.
¿Cuáles son los descuentos según la forma de pago?
Uno de los puntos más atractivos del régimen es la reducción de intereses, que varía según cómo se cancele la deuda. Si el contribuyente paga de contado, obtiene un 50% de descuento en los intereses. En tanto, quienes opten por financiar en hasta seis cuotas tendrán una reducción del 40%, mientras que los planes más extensos alcanzarán un 30% de bonificación.
Para las deudas que ya están en gestión judicial, el decreto prevé un beneficio extra: la reducción del 50% en los honorarios profesionales de los apoderados del organismo y la chance de pagar en hasta 12 cuotas sin interés, según detalló Delordi.
Todos los planes que se formalicen durante agosto tendrán como fecha de vencimiento para la primera cuota o para el pago de contado el 15 de septiembre de 2026.
Requisitos para acceder al régimen
Para poder adherirse durante agosto, los contribuyentes deben tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencieron a partir del 1 de junio de 2026, incluyendo las correspondientes a ese mes. En el caso de los impuestos Inmobiliario y Automotores y Rodados, se exige tener pagadas las cuotas de junio, julio y agosto de 2026.
Delordi aclaró que estas obligaciones sí pueden abonarse con tarjeta de crédito. Sin embargo, el pago del plan de pagos no puede realizarse con ese medio; la tarjeta solo se acepta para el pago de la condición de acogimiento al plan. El resto de las cuotas se abonan a través del sitio web del organismo, con tarjetas de cualquier entidad bancaria.
Trámite online y gratuito
La adhesión al régimen se realiza íntegramente de manera online en www.rentastucuman.gob.ar. Desde el organismo remarcaron que no es necesario recurrir a gestores o intermediarios. “Todos los trámites de la Dirección de Rentas, este del plan de pago y cualquier otro trámite que se realice desde la página, son íntegramente gratuitos y no requieren ningún tipo de intermediarios”, afirmó Delordi.
Para quienes necesiten asistencia, están disponibles las oficinas de Rentas, el call center al 4503700 y los correos electrónicos de cada sector que figuran en la página web.
Una oportunidad para evitar la instancia judicial
La funcionaria recordó que los contribuyentes pueden recibir intimaciones de pago en sus domicilios fiscales electrónicos, y esas deudas también pueden incorporarse al régimen. “De esta manera, se ahorran la gestión de cobro judicial, se ahorran el inicio del juicio y se ahorran el pago de honorarios profesionales”, destacó Delordi.
Con la prórroga, el gobierno provincial busca facilitar el cumplimiento fiscal y reducir la morosidad, ofreciendo condiciones más flexibles para que los contribuyentes regularicen su situación antes de que se agote el plazo.