Resguardan a un niño de tres años: la Justicia intervino tras un grave conflicto familiar
Un niño de tres años quedó al cuidado de sus abuelos tras una medida excepcional. ¿Qué revelaron los informes? Conocé los detalles del caso que conmueve a Catamarca.
Un niño de tres años quedó bajo la protección de sus abuelos paternos tras una decisión del Ministerio de Desarrollo Social de Catamarca, que activó una medida excepcional de resguardo ante un escenario de alta conflictividad familiar.
La medida, enmarcada en las leyes 26.061 (Nacional) y 5.357 (Provincial), fue dispuesta por la Secretaría de Familia luego de un exhaustivo abordaje interdisciplinario que incluyó pericias psicológicas, sociales, exámenes médicos e inspecciones domiciliarias.
Los informes técnicos revelaron que el menor se encontraba en una situación de vulnerabilidad debido a la constante y elevada conflictividad entre los adultos que lo rodeaban, situación que afectaba su desarrollo emocional y bienestar general.
¿Por qué se descartó la institucionalización?
Las autoridades evaluaron distintas alternativas y, tras verificar que la familia extensa contaba con las condiciones necesarias para asumir la custodia provisoria, resolvieron que el niño permaneciera al cuidado de sus abuelos paternos. De esta manera, se evitó el internamiento en instituciones, priorizando el vínculo familiar.
Paralelamente, el organismo administrativo solicitó la intervención del Juzgado de Familia competente para supervisar el proceso y requirió el dictado de medidas cautelares, entre ellas la restricción preventiva de acercamiento de la progenitora respecto del menor.
¿Cómo será la revinculación con los padres?
Según lo dispuesto, cualquier esquema de revinculación con ambos progenitores será de carácter progresivo, supervisado por profesionales y condicionado a que no se genere oposición, temor o afectación emocional significativa en el niño.
Además, se estableció la obligatoriedad de que ambos padres continúen con evaluaciones y tratamientos psicológicos, con posibilidad de abordaje psiquiátrico si se requiere, con el objetivo de fortalecer sus capacidades parentales.
La resolución también recordó la estricta prohibición legal de difundir datos, imágenes o información del menor en medios o redes sociales, para evitar su exposición y revictimización. Finalmente, se subrayó el carácter temporal y revisable de la medida, siempre en función del interés superior del niño.