RIMI: ARCA habilitó la plataforma para acceder al beneficio y el riego queda exento
El régimen que busca incentivar inversiones ya tiene su plataforma online. Hay un detalle que puede cambiar los planes de muchas empresas de la región.
ARCA puso en marcha el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), la plataforma digital que las empresas necesitaban para gestionar y acceder a los beneficios del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). La Resolución General 5889/2026 se publicó este martes 25 de agosto en el Boletín Oficial.
El RIMI nació dentro de la Ley 27.802 de Modernización Laboral con un objetivo claro: incentivar a las empresas, nacionales o extranjeras, a invertir en el país. Ofrece dos beneficios en paralelo: reducir la carga del Impuesto a las Ganancias mediante una amortización acelerada de los bienes, y recuperar de manera más ágil el IVA de la inversión.
Para acceder, las empresas deben superar un piso de inversión según su tamaño: desde 150.000 dólares para una micro hasta 9 millones para una mediana Tramo 2, en un plazo de dos años. Sin embargo, hay una excepción que interesa especialmente a la región: los sistemas de riego, las mallas antigranizo, los equipos de alta eficiencia energética y los bienes semovientes acceden al beneficio sin alcanzar ese mínimo.
Además, las empresas necesitan contar con Certificado MiPyME vigente al primer día del ejercicio fiscal en que realicen la primera inversión.
Cómo funciona el SGI
Con la ley vigente y reglamentada, restaba un paso esencial: un lugar donde gestionar los proyectos, subir los comprobantes y pedir el beneficio. La Resolución General 5889/2026 crea el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), un servicio web al que se ingresa con Clave Fiscal desde el sitio de ARCA.
Desde este servicio, la empresa registra cada proyecto, informa las inversiones realizadas, sube los comprobantes que las respaldan y elige qué beneficio utilizar. Cada inversión se clasifica en ocho categorías: bienes de capital, informática y telecomunicaciones, obras, equipos de riego agrícola, eficiencia energética, bienes semovientes, malla antigranizo, y minas, canteras y bosques. El sistema asigna un código único para su identificación, seguimiento y registro.
Fechas clave y requisitos
La primera inversión no puede ser anterior al 6 de marzo de 2026, y los comprobantes pueden tener fecha de emisión hasta el 19 de mayo de 2028 inclusive. Un detalle para quienes tengan una obra en marcha: el Decreto 242/2026 establece que solo califican como “obra” dentro del RIMI las que, al 6 de marzo de 2026 —fecha de entrada en vigencia de la ley—, tenían un grado de avance inferior al 30%.
Para aplicar el beneficio de amortización acelerada, deberá presentarse la información necesaria antes del vencimiento de la declaración jurada de Ganancias en la cual se incorpore dicha amortización. Los bienes que se incorporen en la respectiva declaración jurada y su amortización tendrán que coincidir con lo informado en el SGI.
En cuanto a la devolución del IVA, el mecanismo funciona por ventanas: la presolicitud se presenta cuatro veces al año, entre los días 1 y 10 de febrero, mayo, agosto y noviembre. Para saber el cupo fiscal asignado se consulta entre los días 11 y 15 de esos mismos meses. Transcurridos tres períodos fiscales mensuales desde aquel en que resultó procedente el cómputo del crédito fiscal, el comprobante queda disponible para el recupero formal.
Para el Alto Valle y la Patagonia es una noticia significativa: la malla antigranizo, el riego y la eficiencia energética son categorías sin piso mínimo de inversión, insumos esenciales entre productores frutícolas y agroindustriales de la zona.