Rosario prohíbe a los cuidacoches: el detalle que complica a cientos de familias
El Concejo tratará la semana que viene la adhesión de Rosario a la ley que prohíbe a los cuidacoches en Santa Fe. La medida ya tiene una prueba piloto en marcha y cambiará la rutina de cientos de trabajadores informales en la ciudad.
El secretario de Gobierno de la Municipalidad, Sebastián Chale, confirmó que Rosario adherirá a la ley que prohíbe la actividad de cuidacoches en Santa Fe y el Departamento Ejecutivo espera que la cuestión sea tratada en la próxima sesión del Concejo. La norma fue aprobada ayer por el Senado provincial y ahora cada municipio debe adherir para ponerla en práctica.
La ley se aprobó en la Cámara alta con 16 votos a favor y tres ausencias, logrando ampliamente los dos tercios necesarios para confirmarla tal como la había presentado su autor, el senador por Rosario Ciro Seisas.
Con la nueva norma se modifica el Código de Convivencia de la provincia (también conocido como Código de Faltas) para establecer sanciones y hasta penas de arresto para quienes la infrinjan.
Los plazos que maneja el municipio
En diálogo con La Capital, Chale confirmó que el municipio está dando los últimos retoques al mensaje que enviará al Concejo la semana próxima para darle la formal adhesión a la norma sancionada ayer por el Senado provincial.
El objetivo del Departamento Ejecutivo es que el mensaje de adhesión "ingrese al Concejo para que sea tratado en la próxima sesión", es decir el jueves de la semana entrante.
"El tema de los cuidacoches no es un tema simple, pero lo abordaremos. La inserción laboral para la gente no es algo sencillo. Pero los tenemos censados, y conocemos a la población con la que hay que trabajar. Vamos a encarar fuertemente este tema", señaló Chale.
El funcionario sostuvo que con la implementación de los Juegos Suramericanos "ya se hizo una especie de prueba piloto, en un trabajo junto al gobierno provincial, en todos los entornos y escenarios del evento, y está funcionando".
Chale agregó que "después habrá que tratar las cuestiones de juzgamiento. No vamos a pedir un fiscal del Ministerio Público de la Acusación para que intervenga exclusivamente en esta cuestión. Implementaremos algún mecanismo dentro de la Secretaría de Gobierno".
Qué dice la ley que prohíbe la actividad
Tras la aprobación en la Cámara de Senadores, se incorporan tres nuevos artículos al Código de Convivencia. El artículo 66 bis impone la prohibición para quien ofrezca espacios de estacionamiento, guarda, cuidado, lavado o limpieza de vehículos en la vía pública sin autorización y cuando esté prohibido por normativa local. La sanción abre la opción de cumplir la pena con trabajo comunitario de 2 a 10 días, junto a la prohibición de concurrencia al lugar donde se identificó la irregularidad.
En los casos de reincidencia se introduce la pena de arresto de 10 a 20 días; y con el agravante de duplicar la pena a quien ejerza violencia o amenazas hacia personas o bienes. La prohibición recae en zonas de estacionamiento tarifado o gestionadas por entes autorizados; en hasta 20 cuadras de eventos masivos (2 horas antes y 1 hora después). También agravantes por desigualdad de género, edad, discapacidad o vulnerabilidad y si se ejerce la actividad en horario nocturno (18 a 6) o zonas escolares, bancarias, comerciales o edificios públicos.
La modificación también introduce la figura de organización criminal. Si hay organización o acuerdo previo entre dos o más personas el arresto será de 10 a 20 días. Si se acreditan organizadores, coordinadores o responsables: hasta el cuádruple del mínimo y máximo.
Según la ley, los municipios son los actores contravencionales exclusivos, sin perjuicio del querellante particular. En cuanto al rol de la policía, cada municipio puede solicitar intervención policial por vía ministerial para hacer cesar el estado antijurídico mediante el desplazamiento de los infractores.