Salud mental: cambian las reglas para los centros privados bonaerenses
Los centros privados de salud mental bonaerenses ya tienen nuevas reglas de habilitación, pero los que funcionan hoy no deberán cambiar nada de inmediato: el ajuste llega con la renovación. La letra chica de la resolución que publicó Provincia.
El Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires aprobó un nuevo régimen de habilitación para los establecimientos privados que atienden salud mental y consumos problemáticos. La resolución 7753-MSALGP-2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, reemplaza a las normas complementarias que regían desde 2021.
La actualización alcanza a los requisitos sanitarios, edilicios y funcionales de esos centros y suma nuevas pautas para la fiscalización.
Qué pasa con los centros que ya funcionan
Los establecimientos con habilitación vigente podrán seguir operando hasta que venza el plazo que se les otorgó. El cambio llega recién cuando pidan la renovación: en ese momento deberán adecuarse íntegramente a las nuevas disposiciones.
La norma también faculta a la autoridad sanitaria a exigir adecuaciones parciales o medidas correctivas en los centros ya habilitados. Eso ocurrirá cuando detecte situaciones que puedan comprometer la seguridad de las personas usuarias, la calidad de las prestaciones, el cumplimiento de las normas o la protección de los derechos reconocidos por la legislación.
El marco legal que sostiene la medida
El nuevo régimen se apoya en las leyes nacionales de Salud Mental y de Abordaje de los Consumos Problemáticos, en la adhesión bonaerense a la primera de esas normas y en los lineamientos del Plan Provincial de Salud Mental 2022-2027.
Esas disposiciones promueven un modelo de atención integral, interdisciplinario y comunitario, orientado a la inclusión social y al respeto de los derechos humanos, que el Gobierno de Axel Kicillof viene trabajando desde hace tiempo.
Dos caminos según el estado del trámite
Los establecimientos que ya tienen aprobado el proyecto institucional podrán continuar el procedimiento, aunque deberán acreditar las adecuaciones, actualizaciones o requisitos complementarios que fije la autoridad de aplicación.
En cambio, los que todavía no obtuvieron esa aprobación deberán iniciar un nuevo trámite conforme al régimen actualizado.
Fuente: La Noticia 1.