San Martín dice basta: los comercios tienen fecha límite para despedirse del plástico
San Martín le puso fecha límite a las bolsas, sorbetes y envases de telgopor en supermercados, almacenes y locales gastronómicos. La ordenanza ya fue promulgada y el reloj corre para los comercios: ¿qué pasará con los que no cumplan?
La Municipalidad de General San Martín ya tiene todo listo para aplicar la Ordenanza 3256, una norma que prohíbe en todo el departamento la entrega, venta o distribución de bolsas plásticas no biodegradables, sorbetes y envases de telgopor. La medida no es una simple recomendación: los comercios que no se adapten podrían enfrentar desde apercibimientos hasta clausuras.
La prohibición abarca supermercados, hipermercados, autoservicios, comercios minoristas, locales gastronómicos, tiendas de conveniencia y cualquier establecimiento dedicado a la venta de bienes o servicios. El objetivo que fijó la norma es reemplazar de forma progresiva esos materiales por alternativas reutilizables, biodegradables o compostables.
Las excepciones que contempla la ordenanza
La medida no es absoluta. Quedarán exceptuados los casos en los que el plástico resulte indispensable por razones de seguridad, higiene, conservación de alimentos o usos médicos, siempre que no exista una alternativa técnicamente viable fabricada con materiales biodegradables o compostables.
La ordenanza fue sancionada por el Concejo Deliberante el 7 de agosto y promulgada por el intendente Raúl Rufeil el 11 de septiembre. A partir de esa promulgación se estableció un plazo de 45 días corridos para que los comercios adecuen sus proveedores, existencias y modalidades de entrega, por lo que el período de adaptación se extiende hasta el 26 de octubre.
Qué pasará con los controles y las multas
Una vez implementado el régimen, el Municipio tendrá a su cargo la fiscalización, la recepción de denuncias y la aplicación de sanciones. La norma prevé un esquema progresivo que podrá incluir apercibimientos, multas económicas y clausuras temporales o definitivas, según la gravedad de la infracción y la reincidencia. El detalle de esas penalidades deberá ser reglamentado por el Departamento Ejecutivo.
Además, la Municipalidad deberá desarrollar campañas permanentes de educación y concientización para fomentar el uso de bolsas reutilizables y reducir el consumo de productos descartables. La ordenanza plantea la medida como complementaria de las regulaciones ambientales que ya se encuentren vigentes en San Martín.
La decisión amplía al conjunto del departamento una tendencia que ya tiene antecedentes en otros espacios de Mendoza, donde se establecieron restricciones para determinados plásticos descartables y su reemplazo por materiales reutilizables, reciclables o compostables.