Santa Fe tiene nueva ley contra los cuidacoches: lo que casi nadie vio venir

El Senado santafesino aprobó la ley que prohíbe a los cuidacoches en toda la provincia, pero la letra chica esconde un detalle que cambia todo para los municipios.

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Santa Fe tiene nueva ley contra los cuidacoches: lo que casi nadie vio venir
Santa Fe tiene nueva ley contra los cuidacoches: lo que casi nadie vio venir

El Senado de Santa Fe convirtió este jueves en ley el proyecto que prohíbe la actividad de cuidacoches en toda la provincia. La iniciativa reunió 16 votos a favor y tres ausencias, y así alcanzó los dos tercios necesarios para confirmar la cámara de origen.

La norma modifica el Código de Convivencia provincial, conocido como Código de Faltas, y prevé sanciones que llegan hasta los 15 días de detención para quienes la incumplan. Para que se aplique, cada municipio deberá adherir.

Qué cambia con la nueva ley

La Cámara alta incorpora tres artículos al Código de Convivencia. El 66 bis prohíbe ofrecer espacios de estacionamiento, guarda, cuidado, lavado o limpieza de vehículos en la vía pública sin autorización y cuando la normativa local ya lo impida.

La sanción contempla la opción de cumplir la pena con trabajo comunitario de 2 a 10 días y la prohibición de concurrir al lugar donde se detectó la irregularidad. En casos de reincidencia, la pena de arresto va de 10 a 20 días, y se duplica para quien ejerza violencia o amenazas contra personas o bienes.

La prohibición regirá en zonas de estacionamiento tarifado o gestionadas por entes autorizados, y hasta 20 cuadras alrededor de eventos masivos, desde 2 horas antes y hasta 1 hora después. También alcanza supuestos con agravantes por desigualdad de género, edad, discapacidad o vulnerabilidad, y si la actividad se ejerce en horario nocturno (de 18 a 6) o en zonas escolares, bancarias, comerciales o en edificios públicos.

Organización criminal y rol de los municipios

Otro de los cambios es la incorporación de la figura de organización criminal. Si existe organización o acuerdo previo entre dos o más personas, la detención será de 10 a 20 días. Si se acreditan organizadores, coordinadores o responsables, la pena puede llegar hasta el cuádruple del mínimo y del máximo.

La ley establece que los municipios son los actores contravencionales exclusivos, sin perjuicio del querellante particular. En cuanto a la Policía, cada distrito puede pedir su intervención a través del Ministerio para hacer cesar el estado antijurídico mediante el desplazamiento de los infractores.

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