Se fueron de vacaciones a Jujuy y algo salió tan mal que terminaron en la Justicia

Viajaron a Jujuy para descansar unos días, pero el vuelo de regreso nunca despegó. Después de 56 horas de espera y gastos que nadie les cubrió, cuatro mujeres llevaron el caso a la Justicia: lo que resolvió el tribunal cambió todo.

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Se fueron de vacaciones a Jujuy y algo salió tan mal que terminaron en la Justicia
Se fueron de vacaciones a Jujuy y algo salió tan mal que terminaron en la Justicia

Cuatro mujeres viajaron a Jujuy para descansar unos días y, cuando se disponían a volver a Buenos Aires, se encontraron con algo que no esperaban: su vuelo nunca despegó. Lo que siguió fue una espera de 56 horas en el aeropuerto, sin hospedaje y con gastos que tuvieron que pagar de su propio bolsillo. Ahora, la Justicia federal falló a su favor y condenó a la aerolínea a indemnizarlas.

Una demora que se estiró durante días

Según quedó asentado en la demanda, las pasajeras —de 25, 27, 53 y 58 años— tenían programado regresar a la Ciudad de Buenos Aires el 6 de junio de 2022 a las 19.29. Al presentarse en el aeropuerto, les informaron que el vuelo no saldría en el horario previsto.

La salida se reprogramó primero para la madrugada del 7 de junio, pero después fue cancelada. La aerolínea ofreció una nueva alternativa para el 8 de junio a las 18.41, horario que tampoco se respetó. Finalmente, el viaje se concretó el 9 de junio a las 3, y las mujeres llegaron a destino alrededor de las 6.

En total, la demora superó las 48 horas. Durante ese tiempo, las viajeras tuvieron que afrontar gastos de alojamiento, alimentación, medicamentos y transporte.

Qué reclamaron las pasajeras

Las cuatro mujeres sostuvieron que la compañía aérea no les brindó hospedaje mientras estuvieron demoradas. Solo les entregaron un cupón para una merienda. También cuestionaron que otros pasajeros afectados por el mismo problema fueran reubicados en vuelos alternativos antes que ellas.

La acción judicial se presentó en junio de 2024 contra la aerolínea y contra una empresa que presta servicios de asistencia terrestre en el aeropuerto. Las pasajeras pidieron una compensación económica por los gastos, el malestar y las dificultades que, según plantearon, les generaron la demora, los cambios de itinerario y la cancelación definitiva del vuelo.

Los argumentos de la aerolínea y la decisión de la Justicia

La empresa admitió que las mujeres habían comprado los boletos y que el servicio fue reprogramado y luego cancelado. Atribuyó los cambios a las condiciones meteorológicas y aseguró que había puesto a disposición de los pasajeros comida y refrigerios.

También planteó que la demanda había sido presentada fuera del plazo establecido, invocando el plazo de un año del Código Aeronáutico. El Juzgado Nacional en lo Civil y Comercial Federal n.° 10 rechazó ese argumento: consideró que el reclamo se relacionaba con el incumplimiento de obligaciones contractuales, el deber de informar y las normas de defensa del consumidor, por lo que correspondía el plazo general de tres años.

La empresa de servicios terrestres, por su parte, pidió quedar fuera de la causa y el tribunal aceptó su planteo: las mujeres habían contratado el transporte directamente con la aerolínea y no precisaron qué responsabilidad concreta le atribuían.

En cuanto a la aerolínea, el fallo remarcó que respetar horarios y rutas es una obligación esencial del contrato de transporte. La empresa no logró demostrar que las condiciones meteorológicas hubieran hecho inevitable la interrupción. Además, un reporte de la autoridad aeronáutica indicó que el vuelo del 6 de junio de 2022 estaba autorizado para operar, aunque finalmente no se realizó.

El tribunal recordó que, cuando una demora supera las cuatro horas, las aerolíneas deben brindar gratuitamente comunicaciones, alimentación, refrigerios, alojamiento y transporte terrestre entre el aeropuerto y el lugar de hospedaje. En este caso, la empresa no acreditó haber cumplido con esas prestaciones.

El monto de la indemnización

Por daño material, el magistrado fijó 120.000 pesos en total, es decir 30.000 para cada pasajera. Aunque los comprobantes no podían leerse con claridad, consideró que la extensa demora lejos del destino permitía presumir los gastos de alojamiento, comida y transporte.

Por daño moral, en tanto, estableció 1,6 millones de pesos, equivalentes a 400.000 pesos para cada una. La espera prolongada, la falta de certezas y los planes modificados excedieron lo que podría considerarse una simple incomodidad.

El juzgado rechazó el reclamo por daño punitivo, al señalar que el Convenio de Montreal no permite compensaciones con fines sancionatorios en esta clase de casos.

La indemnización total asciende a 1.720.000 pesos, más intereses desde la mediación hasta el pago efectivo. La aerolínea tendrá diez días para cumplir una vez que la sentencia quede firme. Las costas correspondientes a la empresa de asistencia terrestre quedaron a cargo de las pasajeras, mientras que la aerolínea deberá afrontar los gastos del reclamo en el que resultó condenada.

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