¿Se puede expulsar a un extranjero por un mensaje de odio? El DNU que divide a los constitucionalistas

El Gobierno publicó un DNU que permite expulsar extranjeros por mensajes de odio. ¿Es constitucional? Los especialistas responden.

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¿Se puede expulsar a un extranjero por un mensaje de odio? El DNU que divide a los constitucionalistas
¿Se puede expulsar a un extranjero por un mensaje de odio? El DNU que divide a los constitucionalistas

El Gobierno publicó este jueves en el Boletín Oficial el DNU 681/26, que modifica la Ley de Migraciones para impedir el ingreso y la permanencia de extranjeros que pronuncien “mensajes de odio” contra argentinos. La medida, en pleno fervor mundialista, generó un fuerte rechazo de la oposición y de constitucionalistas, que la tildan de inconstitucional y de un nuevo avasallamiento al Congreso.

¿Qué dice exactamente el decreto?

El DNU modifica la Ley 25.871 para prohibir el ingreso o la permanencia de extranjeros que hayan “dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia” contra el pueblo argentino o algún ciudadano por su nacionalidad, o que hayan “realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales”. Además, habilita a la Dirección Nacional de Migraciones a cancelar la residencia y expulsar a quienes incurran en esas conductas.

El texto aclara que no se considerarán “aquellas expresiones de disenso ideológico o de crítica política, académica o ciudadana, que constituyan un legítimo ejercicio de los derechos consagrados constitucionalmente”. Sin embargo, los críticos señalan que el concepto de “mensajes de odio” es ambiguo y no está tipificado en el Código Penal argentino.

¿Por qué lo consideran inconstitucional?

Diputados de distintos bloques opositores y abogados constitucionalistas coinciden en que la reforma debería hacerse por ley del Congreso, no por decreto. “El DNU es un acto de patrioterismo desprolijo e inconstitucional. El Presidente, una vez más, se coloca por encima del Congreso para modificar la Ley de Migraciones incorporando causales de permanencia y expulsión del país, vinculadas a cuestiones de naturaleza penal, algunas que ni siquiera tienen un tipo penal previsto en nuestro ordenamiento”, denunció Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica).

El socialista Esteban Paulón (Provincias Unidas) advirtió que el DNU “no puede establecer un procedimiento administrativo sin debido proceso y sin poseer juzgamiento ni sanciones vinculadas a hechos que no tienen una contraparte en el sistema judicial de Argentina. Por lo tanto, es un decreto que más bien declama una intención, que tiene fines políticos, pero no tiene fines prácticos”.

La radical bonaerense Karina Banfi, que suele votar con el oficialismo, también alertó sobre la falta de claridad: “¿Insultar a un presidente de otro país puede ser un mensaje de odio? No es lo mismo prohibir el ingreso al país (ley migratoria) que expulsar o prohibir la permanencia por la comisión del delito de discriminación por mensajes de odio (ley penal)”.

La ironía según la oposición

Florencia Carignano, diputada de La Cámpora y exresponsable de Migraciones, señaló que “lo irónico del DNU es que sea justo un gobierno que hace de los mensajes del odio una política de Estado”, y agregó que si todos los países aplicaran esa medida, el propio presidente Javier Milei “no podría entrar en por lo menos ocho: Brasil, Chile, México, El Vaticano, España, Colombia, China y Venezuela”.

Más allá de lo legal, la oposición apunta a la dimensión política. Paulón denunció una “sobreactuación de nacionalismo” de Milei para “intentar explicar algunas actitudes que, a lo largo del Mundial, los dejaron en falsa escuadra”, como intentar impedir el ingreso de banderas alusivas a Malvinas en la semifinal contra Inglaterra, algo que fue desafiado por los propios jugadores de la Selección.

“En el equipo del presidente identifican que parte de la caída de su popularidad de las últimas semanas tiene que ver con la imposibilidad de identificarse y aprovechar el fervor mundialista, proceso en el cual lo de Malvinas tuvo mucho que ver. Por eso ahora aparece esta sobreactuación de nacionalismo sin efectos prácticos en un decreto que es inconstitucional”, advirtió Paulón.

También señaló una contradicción: mientras el Gobierno defiende el interés nacional con este decreto, promueve una modificación a la Ley de Tierras para liberar la venta a extranjeros (el proyecto se votará en el Senado en una semana) y “no controla” las incursiones de buques británicos en el Atlántico Sur.

Un antecedente similar

No es la primera vez que el gobierno de Milei modifica la Ley de Migraciones por DNU. En mayo de 2025, con el DNU 366/25, se endurecieron los requisitos de ingreso, se reforzaron los controles migratorios y se restringió el acceso a servicios de salud y educación. Esa medida sigue vigente porque el Congreso no la rechazó.

El constitucionalista Andrés Gil Domínguez advirtió: “Otra vez la Ley de Migraciones se reforma por DNU avasallando al Congreso de la Nación sin que existan las causales de habilitación previstas por la Constitución. Esta vez con una causal propia de la Venezuela de Maduro”. Coincidió con Carignano en que “lo paradojal es que con esta normativa, Milei no podría volver a ingresar a Brasil o España debido a su discurso de odio”.

Otro constitucionalista, Félix Lonigro, sostuvo que el tema “debe ajustarse al principio de legalidad” y que debe ser el Congreso el que lo trate. Recordó que uno de los requisitos para dictar un DNU es que existan “circunstancias excepcionales” que impidan el tratamiento legislativo ordinario, pero observó que este no es el caso. “El contenido del decreto está bien, pero debe hacerse por la vía que corresponde, que es la ley”, sintetizó.

El Poder Ejecutivo, en los fundamentos del decreto, argumentó que “han aumentado considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional”. Y añadió que “ello constituye un riesgo para todos los argentinos y representa un quebrantamiento del respeto básico que se debe tener respecto de los nacionales de nuestro país por parte de los extranjeros que pretenden ingresar o permanecer en el territorio nacional”.

El DNU tiene fuerza de ley y está vigente desde su publicación, hasta que el Congreso lo rechace con el voto negativo de ambas Cámaras por mayoría simple. Sin embargo, la oposición hasta ahora no logró articular una estrategia para voltearlo, al igual que otros DNU acumulados sin tratamiento, como el que reformó el Sistema de Inteligencia a principios de año.

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