En una decisión que marca un cambio significativo en la regulación del transporte en Tucumán, el vicegobernador Osvaldo Jaldo promulgó la derogación de la Ley N° 9352. Esta ley, que estuvo en vigor durante casi dos años, establecía la regulación del Servicio de Transporte Privado a través de Plataformas Electrónicas, lo que permitía la operación de servicios como Uber en la provincia.
La Ley N° 9352, sancionada y promulgada en diciembre de 2020, imponía una serie de requisitos para que las plataformas electrónicas operaran en Tucumán. Estos incluían la necesidad de establecer un domicilio local y designar un representante con residencia permanente en la provincia. Además, se establecía un impuesto adicional del 2% sobre el total del viaje, así como otros gravámenes.
La normativa también limitaba la asignación de viajes a vehículos y conductores registrados, prohibía la prestación de servicios por más de ocho horas consecutivas a un conductor y exigía la divulgación de información detallada sobre identidades de conductores, recorridos y montos cobrados.
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En noviembre de 2022, una propuesta presentada por el legislador oficialista Armando Cortalezzi para derogar esta ley fue aprobada en la Legislatura de Tucumán. Sin embargo, la reglamentación y promulgación de la ley quedaron pendientes desde su llegada a la gobernación provincial.
Es importante destacar que, en Argentina, la provincia de Mendoza es la única que legalizó oficialmente el funcionamiento de aplicaciones electrónicas para contratar servicios de transporte público, una medida adoptada en 2018.
En otras provincias argentinas, la regulación de estos servicios ha sido objeto de debates y tensiones entre las autoridades, los taxistas y las empresas de tecnología de transporte como Uber. La derogación de la Ley N° 9352 marca un giro en la política de transporte de Tucumán y plantea nuevos desafíos en este ámbito.