La ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica) deja de intervenir en los trámites para la importación de cosméticos y productos de higiene para uso personal con la finalidad de simplificar procesos y maximizar la eficiencia en la gestión pública, según la explicación. La normativa comienza a regir desde este miércoles 28 de mayo y fue oficializada por el Gobierno a través del Boletín Oficial.
El objetivo es agilizar el ingreso de insumos adquiridos en el exterior o por plataformas online, siempre y cuando no estén destinados a la venta o distribución. La medida se formalizó a través de la disposición 3.562/2025.
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Por medio de dicha resolución, la ANMAT estableció que no tendrá intervención en los trámites relacionados con gestiones por usuarios directos “como la solicitud de autorización de ingreso al país para uso personal de productos cosméticos, productos domisanitarios de libre venta, productos de higiene oral de uso odontológico, productos higiénicos descartables de uso externo, productos higiénicos descartables de uso intravaginal”.
El organismo de control indicó que a partir de la flexibilización, los ciudadanos que ingresen este tipo de artículos asumirán los riesgos y derivaciones que puedan surgir del uso de ellos.
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En ese sentido, la ANMAT sostuvo que las gestiones para “la importación de cosméticos y productos de higiene personal, quedan bajo la exclusiva responsabilidad del usuario”.
La lista completa de insumos de higiene personal liberados por la ANMAT
Productos cosméticos y domisanitarios de venta libre, como lavandina y detergentes;
Productos de higiene oral: pastas dentales y enjuagues bucales;
Pañales descartables para bebés y adultos;
Toallitas femeninas, protectores diarios y absorbentes de leche materna;
Tampones y copas menstruales.
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A principios de mayo, la ANMAT había eliminado los controles para la importación de ciertos productos médicos de uso directo por parte de los pacientes, sin necesidad de prescripción profesional, mediante la normativa N° 2857/2025.
PM/LT
Fuente: perfil.com