Suspendieron a miles de cooperativas y hay $125.000 millones que no llegan a las provincias
¿Qué pasó con las 7.206 cooperativas que quedaron sin autorización para funcionar y por qué desde la Provincia hablan de un plan para vaciar el sector?
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) avanzó con una nueva etapa de su “reordenamiento del padrón” y dejó sin autorización para funcionar a miles de cooperativas y mutuales de todo el país. La medida, instrumentada a través de la Resolución 2076/2026, alcanza a un universo de 9.083 entidades y ya despertó fuertes cuestionamientos desde la provincia de Buenos Aires, donde sostienen que se trata de un golpe al entramado productivo y al empleo que generan esas organizaciones.
El argumento oficial es que las instituciones no presentaron la documentación asamblearia ni los estados contables que exige la normativa vigente. Sin embargo, desde el Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo (IPAC) advierten que las exigencias administrativas, cuando no vienen acompañadas de herramientas para cumplirlas, terminan funcionando como un mecanismo que debilita a las entidades en lugar de ordenarlas.
Los números que preocupan al sector
Según los datos del relevamiento que circulan entre las organizaciones, el universo alcanzado se compone de 8.210 cooperativas y 873 mutuales. Del total, 7.206 quedaron suspendidas, otras 1.299 fueron intimadas a presentar documentación y 578 están exceptuadas de la medida.
El peso bonaerense es determinante: el 40 por ciento de las organizaciones alcanzadas corresponde a la provincia de Buenos Aires, de acuerdo con lo informado por el IPAC. Esa concentración explica por qué el gobierno provincial salió rápido a responder.
Qué dice la resolución del INAES
La norma lleva fecha del 13 de octubre y se publicó en el Boletín Oficial la semana pasada. Establece la suspensión de las cooperativas y mutuales comprendidas en sus primeros seis anexos que no hayan cumplido con la presentación de la documentación correspondiente a los períodos incluidos.
El organismo se apoyó en las leyes 20.337, que regula a las cooperativas, y 20.321, referida a las mutuales, además de resoluciones complementarias que fijan las obligaciones de presentación de documentación institucional y contable. El texto recuerda que las asambleas son instancias centrales de gobierno porque permiten evaluar la gestión, considerar los estados contables y elegir a los responsables de la administración y la fiscalización.
Pero la norma no se limita a pedir papeles: también impide a las entidades suspendidas realizar trámites ante el INAES hasta que cumplan con los requisitos y ordena la apertura de actuaciones sumariales para determinar las medidas o sanciones que correspondan.
“Fiscalizar para sancionar”
El presidente del IPAC, Gildo Onorato, cuestionó la forma en que se implementó la resolución y la contrastó con el esquema que aplica la provincia. “Nosotros, por supuesto que compartimos la idea de la transparencia y compartimos la idea de que la documentación tiene que estar al día, pero tiene que haber algún tipo de propuesta, algún programa que simplifique el acceso a estos cumplimientos del INAES, cosa que no hay”, señaló a El Destape.
Según explicó, Buenos Aires cuenta con los programas Cooperativas al Día y Clínicas de Cumplimiento Participativo, mediante los cuales convoca a las organizaciones que tienen documentación pendiente y las acompaña para que puedan completar los trámites necesarios.
“Hay una idea de fiscalización para sancionar, que es contraria a la que tenemos en Provincia de Buenos Aires, donde fiscalizamos para mantener la vitalidad de las instituciones”, afirmó. La diferencia, en su planteo, no pasa por desconocer las obligaciones legales sino por discutir qué instrumentos usa el Estado para garantizar que puedan cumplirse.
El problema de fondo es que las cooperativas tienen estructuras y recursos muy dispares. Algunas cuentan con equipos administrativos capaces de responder a las exigencias de los organismos de control; otras deben resolver esas tareas con recursos limitados mientras sostienen la actividad productiva y los ingresos de sus asociados.
Los $125.000 millones que el Tesoro retiene
Onorato fue más allá de la cuestión registral y apuntó contra el financiamiento. Aseguró que el Tesoro nacional mantiene una deuda de 125.000 millones de pesos con las provincias en concepto de recursos destinados a políticas de promoción del cooperativismo, fondos que no son transferidos a las jurisdicciones que deben desarrollar esas acciones.
“Por un lado, tenés una agenda de fiscalización para sancionar y un retraso de 125.000 millones de pesos que el Tesoro se apodera y que es para las provincias. De esta manera, ahogás económicamente a los organismos que pueden financiar a cooperativas y, por otro lado, tenés una política de reducción del padrón”, sostuvo.
El resultado es una combinación incómoda: mientras se restringe la posibilidad de operar de miles de entidades por incumplimientos administrativos, los organismos provinciales que podrían ayudarlas a regularizar su situación carecen de los recursos que deberían recibir para impulsar el sector.
Cómo se regulariza y cuánto tiempo hay
La resolución prevé que las entidades suspendidas recuperen su autorización para funcionar cuando presenten la documentación asamblearia adeudada y, cuando corresponda, realicen la Actualización Nacional de Datos y constituyan su Registro Legajo Multipropósito. En esos casos, el artículo 9 dispone que la suspensión quede automáticamente sin efecto, incluso si la regularización se produce durante la sustanciación del sumario.
La normativa distingue entre las organizaciones ya suspendidas y las que todavía tienen plazo para presentar papeles. Para las cooperativas y mutuales inscriptas durante 2023 y 2024 que respondieron al relevamiento del INAES pero mantienen presentaciones pendientes, el plazo es de 30 días hábiles administrativos. Para las constituidas durante 2025 que no presentaron la documentación exigida, el plazo es de 60 días hábiles administrativos.
Durante ese período, las intimadas tienen restringida la posibilidad de efectuar peticiones administrativas que no estén vinculadas con el cumplimiento de las obligaciones pendientes, las acciones de fiscalización pública o los requerimientos del propio organismo. Si no cumplen con los plazos, la resolución dispone la suspensión automática de la autorización para funcionar y el inicio de actuaciones sumariales.
Con la nueva resolución, el organismo amplió el período bajo revisión para incorporar obligaciones pendientes entre el 1 de enero de 2023 y el 6 de agosto de 2026, o desde la fecha de inscripción cuando esta fuera posterior. El procedimiento combina suspensiones inmediatas, intimaciones con plazos determinados y sumarios administrativos.
Las 398 matrículas que no cierran
Entre los cuestionamientos, Onorato apuntó a una inconsistencia concreta: afirmó que hay 398 instituciones suspendidas cuya matrícula habría sido otorgada durante 2026. “Vos tenés 398 instituciones suspendidas a las que la matrícula les fue otorgada durante el 2026; por lo tanto, ahí ya hay un error en la implementación”, sostuvo.
El texto normativo fija criterios vinculados con las fechas de inscripción y los períodos de documentación adeudada, por lo que la situación de esas organizaciones debe analizarse caso por caso para determinar si hubo un error administrativo o una diferencia en la interpretación de los datos.
Un tercio de la población, en juego
Para el titular del IPAC, el conflicto no puede separarse de la situación económica del país ni del lugar que ocupan las cooperativas en la generación de empleo. Sostuvo que el movimiento cooperativo mantiene vínculos con aproximadamente un tercio de la población argentina y advirtió que las restricciones pueden afectar a cientos de miles de personas que trabajan en ese tipo de organizaciones.
“El movimiento cooperativo tiene una articulación con un tercio de la población a nivel nacional, es decir, vos rompés las instituciones, impedís el trabajo legal de cientos de miles de personas, por un lado”, afirmó.
Las cooperativas tienen presencia en actividades productivas, prestación de servicios, economías regionales y experiencias de recuperación de empresas. En muchos casos son la alternativa para sostener puestos de trabajo cuando una firma privada quiebra, cierra o abandona una unidad productiva. Quienes deciden continuar la actividad mediante una organización autogestionada deben afrontar, además de los desafíos comerciales, las obligaciones administrativas y contables propias de su estructura jurídica.
La mirada sobre la ONU y el “industricidio”
Onorato vinculó la decisión del INAES con una posición política del Gobierno nacional frente al cooperativismo. Como parte de su argumentación, mencionó la votación de la Argentina en Naciones Unidas del 17 de diciembre de 2025, junto con Estados Unidos e Israel, en contra de una iniciativa vinculada con el modelo cooperativo durante el Año Internacional de las Cooperativas.
“El gobierno nacional está en contra del modelo cooperativo porque en Naciones Unidas, el año 2025, más precisamente el 17 de diciembre, junto a Estados Unidos e Israel, votó en contra del modelo cooperativo cuando Naciones Unidas había definido al 2025 como el año internacional de las cooperativas”, concluyó.
En la misma línea, había sido categórico al describir el rumbo: “Lo que hay es una política muy clara de destruir el tejido cooperativo, destruir el tejido productivo y, como dice el gobernador, hay un industricidio en camino que está todo vinculado a la misma idea de Nación”.
La respuesta de la Provincia
El gobierno bonaerense anunció que pondrá a disposición sus equipos legales, de fiscalización y de registros para asistir a las cooperativas de la provincia que deban completar la documentación requerida. La intervención busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones pendientes y evitar que los problemas administrativos deriven en consecuencias que afecten la actividad de las organizaciones y los ingresos de sus asociados.