Tierra del Fuego lanzó un plan para pagar deudas impositivas: cuántas cuotas y qué tasa le toca a cada plazo

La AREF abrió un plan para regularizar deudas impositivas en Tierra del Fuego: alcanza a comercios, industrias y servicios, y las cuotas pueden estirarse bastante. El detalle que define cuánto vas a pagar de más no es el que muchos esperan.

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Tierra del Fuego lanzó un plan para pagar deudas impositivas: cuántas cuotas y qué tasa le toca a cada plazo
Tierra del Fuego lanzó un plan para pagar deudas impositivas: cuántas cuotas y qué tasa le toca a cada plazo

La Agencia de Recaudación Fueguina (AREF) activó un régimen especial para regularizar deudas impositivas que permite financiar obligaciones fiscales en hasta 60 cuotas mensuales, con tasas diferenciadas según el plazo que elija el contribuyente.

La medida quedó formalizada en la Resolución General AREF 709/2026, rige desde el 15 de octubre y estará disponible hasta el 31 de diciembre. El organismo fundamentó la decisión en el nivel de morosidad que arrastran los contribuyentes y en las dificultades económicas que atraviesan los sectores comerciales, industriales y de servicios.

El objetivo es doble: facilitar la cancelación de obligaciones devengadas y exigibles al 30 de septiembre de 2026 y, al mismo tiempo, mejorar el recupero de recursos que le adeudan al Estado provincial.

El nuevo esquema funcionará de manera complementaria al régimen general de facilidades de pago que se implementó en noviembre de 2025 y que seguirá vigente.

Cómo quedan las cuotas y las tasas

El plan admite hasta 60 cuotas mensuales y consecutivas, con un piso de 20.000 pesos por cuota. La tasa de financiación escala de acuerdo con la cantidad de pagos elegida: 0% para planes de 2 a 6 cuotas, 1% para 7 a 12 cuotas, 1,5% para 13 a 24 cuotas y 2% para 25 a 60 cuotas. El cálculo se hará con el sistema francés de amortización.

El régimen alcanza deudas por Ingresos Brutos —incluidas sus alícuotas adicionales destinadas a servicios sociales y al sistema previsional—, Impuesto de Sellos, Inmobiliario Rural, tasas de verificación de procesos productivos, multas, intereses y otros accesorios fiscales.

También se podrán incorporar obligaciones que provengan de planes de pago caducos y deudas que estén en instancia administrativa o judicial.

Hay un apartado específico para los agentes de retención y percepción que hayan retenido o percibido impuestos sin ingresarlos al fisco: en ese caso, el plazo máximo será de 12 cuotas.

Sin quita de intereses ni de multas

A diferencia de otros regímenes especiales, este plan no contempla reducciones de intereses resarcitorios, moratorios o punitorios, ni condonaciones de multas o recargos.

Tampoco podrán sumarse obligaciones que ya estén incluidas en planes que al 30 de septiembre estuvieran vigentes y que no se encontraran caducos ni en condiciones de caducidad.

Quedan afuera los contribuyentes sometidos a procesos por delitos tributarios y aquellos alcanzados por determinadas denuncias penales vinculadas con incumplimientos fiscales.

Adhesión digital y caducidad

La adhesión deberá hacerse de manera digital a través de la Ventanilla de Trámites de AREF. El plan queda confirmado con el pago de la primera cuota y las restantes se abonarán mediante débito automático.

El incumplimiento de dos cuotas, consecutivas o alternadas, provocará la caducidad automática del plan una vez transcurridos 30 días desde el vencimiento de la segunda cuota impaga.

En el caso de las deudas judicializadas, adherir al régimen implica reconocer la obligación y desistir de las acciones o recursos correspondientes. Sin embargo, eso no supone el levantamiento automático de los embargos judiciales existentes, que como regla general se mantendrán hasta la cancelación total de la deuda, con las excepciones previstas en la normativa.

Dos moratorias en dos años

El nuevo régimen tiene como antecedentes dos planes especiales que se implementaron durante 2024 y 2025.

El primero empezó a regir en octubre de 2024, mediante la Ley Provincial 1557. Permitía financiar deudas en hasta 84 cuotas para pequeños y medianos contribuyentes y 48 para grandes contribuyentes, con descuentos sobre intereses acumulados y condonación de multas formales.

En diciembre de 2025, la Legislatura aprobó la Ley Provincial 1603, que contemplaba hasta 60 cuotas para pequeños y medianos contribuyentes y 36 para grandes contribuyentes, también con reducción de intereses y condonación de determinadas multas.

La diferencia central es que el nuevo régimen no establece esa diferenciación general por tamaño de contribuyente ni contempla quitas de intereses o sanciones.

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