Tierra del Fuego quiere una lista negra de inhabilitados: quiénes no podrán entrar al Estado

¿Se puede contratar a alguien en el Estado sin saber si la Justicia ya le prohibió ejercer un cargo público? El proyecto que busca cerrar esa puerta en Tierra del Fuego acaba de llegar a la Legislatura.

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Tierra del Fuego quiere una lista negra de inhabilitados: quiénes no podrán entrar al Estado
Tierra del Fuego quiere una lista negra de inhabilitados: quiénes no podrán entrar al Estado

Un proyecto que llegó a la Legislatura de Tierra del Fuego busca que ningún organismo provincial pueda contratar a una persona sin antes revisar si la Justicia ya le cerró la puerta. La iniciativa, impulsada por la legisladora María Victoria Vuoto, crea el Registro Provincial de Personas Inhabilitadas para el Ejercicio de la Función Pública (REPRI), una base única que reunirá a quienes tengan sentencia judicial firme que les impida ocupar cargos públicos.

El alcance del registro es amplio: abarca los tres poderes del Estado provincial, los organismos descentralizados, los entes autárquicos y las empresas estatales. Antes de incorporar personal permanente, transitorio, político o contratado, cada repartición deberá verificar de manera obligatoria si el candidato figura en la lista.

Qué cambia y qué no

El texto no agrega nuevas causales de inhabilitación ni prevé sanciones extra. Su objetivo es ordenar lo que ya resolvió la Justicia: centralizar las inhabilitaciones firmes que hoy aparecen dispersas, sin una base provincial que las agrupe.

Los fundamentos del proyecto apuntan a ese vacío. Sostienen que la información fragmentada dificulta los controles y puede derivar en que, por desconocimiento o falta de coordinación entre organismos, termine designada una persona legalmente impedida para ejercer un cargo público.

Quién lo administra y cómo se usa

El REPRI funcionará bajo la órbita del Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia, que tendrá que mantenerlo actualizado con los datos que remitan la Justicia provincial y la federal. También podrá acordar mecanismos para intercambiar información con registros de otras jurisdicciones.

Los datos individuales serán confidenciales y se administrarán según la legislación de protección de datos personales. La inscripción se mantendrá mientras dure el período fijado en la sentencia. Cumplida la inhabilitación y acreditada la rehabilitación, la persona deberá ser eliminada de oficio del registro en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Además, se prevé la publicación de estadísticas sobre la cantidad de inhabilitaciones vigentes y los delitos o faltas que las originaron, resguardando las identidades cuando corresponda.

Antecedentes y plazos

La propuesta no parte de cero. La Administración Pública Nacional cuenta desde 1996 con un Registro de Inhabilitados para el ingreso al Estado, y provincias como Jujuy y Chaco ya implementaron sistemas para registrar sanciones e inhabilitaciones vinculadas a la función pública.

Si el proyecto se sanciona, el Poder Ejecutivo tendrá 90 días desde su promulgación para reglamentar cómo funcionará el registro.

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